BCCPAM000543-2-03000000000000
Compendium Missionum 117 ñDOIILL LLL LIS LSSI - A D II E Ó GOO IN y Venezuela, y referido que estaba prompto para obedecerla: los dichos mis Gobernadores no permitieron la venida de dichos Religiosos; y me dieron quenta de los motivos que tenian para suspender su cumplimiento: que fueron no dexar desamparado el progresso de aquella Mission, por el colmado fruto, que en ellos hacian estos Religiosos. Y el Gobernador de Cumana avisso a Venezuela que juntos los dos cabildos Ecclesiastico y secular, y el Pueblo todo avian pedido, no saliessen de alli dichos Re- ligiosos, porque no quedasse desamparada la Mission de aquella Provincia; tomando por temperamento, que volviessen á estos Reinos Fr. Augustin de Frias, y Fr. Francisco de Tauste assi á manifestarme su promptitud á la Obediencia de mis ordenes; como para lleyar las que yo mandasse dar sobre esta materia, Y aviendosse presentado memorial por su parte, refiriendo el eran fruto espiritual, que se ha conseguido, y conseguia en aquellas reducciones por medio de dichos Religiossos, todavia por obedecer lo que les avia mandado, me suplicaban que los que alla avian quedado se retirassen á su Provincia de España: y que en casso de aver de perseverar, se tornasse la forma con- veniente. — Y visto por los de mi Consejo de las Indias, y consultadoseme en la materia: Por tanto teniendo consideracion al grande provecho que se ha reconocido de la assistencia de estos Religiosos en aquellas Provincias, y el fructo que por su medio ha resultado en augmento de nuestra S,t Fee, y que mi vivo affecto es, que por todos los que se pudiere, se logre, como desseo, la conversion y enseñanza de los Indios, por el bien espi- ritual, que se les sigue, y el maior servicio de Nuestro Señor, que es mi unico fin, y una de mis maiores obligaciones: tengo por bien, que los dichos Religiosos Capuchinos continuen en las Missiones, en que estaban entendiendo: y que Fr. Augustin de Frias, y Fr. Francisco de Tauste, que vinieron de ellas, con el motivo que queda referido, vuelvan á incorporarse con los demas Religiosos, que quedaron en Cumaná y Caracas, donde las estan prosiguiendo: y que lleven consigo otros doce Reli- giosos de la misma Orden. Y assi mismo, que se encargue el cuidado de estas Missiones al Provincial de Andalucia. Y en casso que se divida la Provincia, lo tenga el Provincial, que quedare con el Convento de Sevilla, por la conveniencia de la cercania de los Puertos. Y por despacho de la fecha de esta,
Made with FlippingBook
RkJQdWJsaXNoZXIy NDA3MTIz