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Ó CARTAS Á SOR MARGARITA 297 munidad. Este confesor tiene el derecho de oir y pre- guntar á todas las monjas, y éstas el deber no de con- fesarse, pero sí de presentarse á él; deber sabiamente impuesto por Clemente XI, porque en él se provee á las necesidades de las religiosas, se deja intacta la liber- tad de la que no quiere confesarse, y se cierra la puer- ta á las murmuraciones, disturbios y notas que resul- tarían de si fué ésta y la otra no, si aquella no lo ne- cesita y ésta si. Por eso las Preladas no deben tolerar que ninguna monja se abstenga de ir con el extraordi- nario, ni consentir que durante las dias que éste ejerce su ministerio, se acerque al confesonario ningún con- fesor ordinario; y haría muy mal en tolerar cualquiera de estas dos cosas, porque con esa tolerancia podria gravar su conciencia ante Dios. En cuanto al confesor ordinario, dice el Papa Be- nedicto XIV, que debe ser uno solo para cada Comuni.- dad. Y por lo mismo no comprendo el abuso garrafal de haber en algunos conventos seis, diez, doce, hasta quince confesores ordinarios. Esto esincalificable, con- trario á las leyes de la Iglesia y opuesto al espíritu de la Religión, pues no hay Regla de Congregación, ni orden Religiosa que autorice semejante calamidad; y por eso creo firmemente que si los Prelados tuvieran conocimiento de tales abusos, los cortarian, dejando uno ó dos confesores, según lo numeroso de la Comu- nidad, aunque lloraran como Jeremías. Este corte es un bien positivo, porque en el convento que hay mu- chos confesores, por fuerza ha de haber desunión; ellos serán todos muy prudentes, y ellas todas muy santas; mas á pesar de eso, lacomunidad necesariamente se re- sentirá de la dirección de tantas cabezas, y la union de miras, la cohesión disciplinar y la perfección común serán tan difíciles, como fáciles la desunión, los ban- dos y parcialidades. El menor mal que en tales con-

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