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y Comunion. Trat. 111. 337 de cosás que dexán á su cargo: y si para es- tos fraudes se hacen 4 una , no solo con algu- nos de casa, sino con los arrieros y tratantes, que tambien tienen grande habilidad algunos para pegarla en pesos y medidas, y adulte- rar lo que traen. O si les han impuesto que digan traxéron tanto número, y á tal precio, siendo falso. Y si en las cuentas de sus amos han usado de algun fraude, ó en las pagas de raciones , Ú distribuciones diarias de cosas co- mestibles, ó en las limosnas que mandan dar los Señores, 6 han usurpado algo á los criados, 6 les han minorado ó cercenado las libras en la carne , chocolate, Gc. y despues las cuentam púr entero. Tambien se acusarán los ricos y poderosos si con violencia , 'ó con maña , ó por tener mag dineró para pleitear, se han aplicado algun tér- mino Ó hacienda en daño de tercero, ó cohe- ehando testigos 6 dueños fingidos de tierras y valdíos ¿ para + hacerlo término redondo corr perjuicio: de los lugares. O si en las urgencias de las villas se valiéron de la ocasion para Com-= prar 4:ménos precio lo que eran propios para alivio del' comun. Y si por ilícitos medios , a con sobornos é informaciones falsas han con- seguido hidalguías que no les tocan , con lo qual ellos: y. sus: sucesores se excusan de mu- chas cargas concegiles, que caen despues so- bre los pobres lugares. Y este es un gravísimo cargo de conciencia. Grande locura será que procurando acá sublimar sE y geneal gíasy

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