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y Comunion. Trat. VI 331 faltos , y medidas (que suelen ser diversas paz ra unos que para otros: “para lo público y pa- ra lo secreto: para sí y para los otros: para dar y para recibir) cn tiefidas, plazas y cár- nicerías , y Otras partes. Y si acaso han hecho contrata de que los Tenderos, Fruteras, Car- niceras, Gcc. les han de dar un tanto , para ha- cer cada mes ó semana entre los compañeros repartimiento delo que las Otras han hurtado, con lo qual les dan un salvo conducto ó licen= cia general para robar' y hacer tantos fraudes como se ve. Y lo mismo á los Aceyteros , que á ojos vistas estan robando, y'se encuentran en cada calle; y estos son los que mas á cara descubierta hacen mayor daño. y mas conti- nuo ú los pobres. ¡O gran Dios, y cómo añ- da tu ley santísima tan ultrajuda por cazas , ea- les y tribunales! Aunque” mejor diré: no an- da ni parece; pues no se ve cumplida. Y así los que lo hacen, y los Jueces , Caballeros, Regidores y otro qualquiera que no remedia (debiendo y pudiendo hacerlo) estos y Otros daños públicos, como tambien repartimientos de harina corrompida , ajustes de dinero y otras socaliñas en Carnicerías, Repesos y Tiendas, de que suele haber mucho, ú título de gages; para dividirlo entre sí, fundándose en que los otros lo hacen: todos estos que se imitan y si- guen como ovejas, deben temer no vayan á parar al matadero del infierno. Tambion se acusarán los Jueces de residen= cias y Receptores, y los que les acempuñan,

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