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o nn o ol A » ' 140 “De la Conmunion gar sin volver ántes á confesar , es perque sj te apartases del comulgatorio causarias grande nota , y algun escándalo $ admiracion en los presentes contra tu buena fama , y esto se de- be excusar ; y así como es lícito dimidiar la Confesion , esto es , callar alguno ó algunos pecados quando interviene grave y justa cau- sa , como enseñan los Autores , así en. este-ca- so se dilata la Confesion para despues , que es ménos que dimidiarla , por la razon dicha de grave nota. Pero si estás en medio de la Igle= sia, $ en otra parte apartada del comulgato- rio , donde no se sigue nota ó escándalo- de que no comulgues entónces , y- allí tienes aquellas ocurrencias ó memorias de cosas gra- ves que te acuerdas , 6 estás quasi fixo no ha- ber confesado : lo que has de hacer en seme- jantes casos es volver 4 confesarlo con aquel ú otro Confesor ; pena de que si comulgas sin esta diligencia harás un grave sacrilegio. Si son pecados veniales los que te ocurren que no has confesado por olvido , no tienes nece= sidad de volver ántes á confesar , porque es» tos no impiden la sagrada Comunion , por ser cosa voluntaria el confesarlos. Si te confesaste el dia ántes de comulgar, no es preciso confesar aquella mañana , ma- yormente quando no tienes conciencia de pe- .Cado mortal; bien que si buenamente puedes, es devoción muy santa reconciliarte ; pero siem pre ríadete á lo que te mandare el Confesor.
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