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y Comunion. Trat* II. r39 lo quehas de practicar en: tales casos para no pecar ;; pues atiende á esta doctrina que im- porta mucho. Digo pues que si estás puesta en la varan- dilla ó comiulgatorio, yomas si ya viene el Sa» cerdote- dando: Ja Comunion ¿ y allí te ocurre alguna culpa: grave quese te olvidó confesor, ó enla presente ó en otra Confesion , ó algun escrápulo en materia grave, de que: tienes bastante fundamento que no lo has confesado; lo que has de hacer entónces (y es consejo saludable) es hacer un acto de contricion , pi= diendo 4 Dios perdon de: aquel pecado que por-olvido no confesaste, proponiendo hacer= . lo despues en la siguiente: Confesion ,*-y" 00% mulgar ahora sin escrúpulo, Y te advierto que no es obligacion confesarte ántes que salgas de la Iglesia , como algunos juzgan , sino que puedes dilatarlo. hasta que-te obligue el pre= cepto de confesar , 6 «en la: primera Confesion que hicieres , sea tarde:ó temprano. Y digo que es consejo “saludable , y de mayor -per= feccion en este caso», hacer ántes un -acto de: contricion , porque se supone que aquel pecado ó pecados ya estan perdonados por -el dolor general que tendrias quando «confesasto, pues el Confesor absolvió de lo expresado Y de lo olvidado 3 con que la precisa obligacion es confesarlo” despues, para «que sea notorio al Confesor. como juez, y absuelto individnal y expresámentespor modo de juicio dacramon, tal, La razon de permitirse entónces comul-

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