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* —_a pia en qué nacer, ni lecho propio en qué morir, y 4 no poseer °- predios ni caudales , viviendo siempre en pobreza y abstraido de los negocios mundanos. Pero, no porque Jesucristo viviese de esa manera, y aconsejase a otros a que lo imitasen, repro- baba que otros poseyesen con justicia bienes temporales y usa- sen de ellos con moderacion. Si tuvo entre sus Apdstoles 4 doce pescadores, que voluntariamente dejaron barcos, redes , padres y hogar, y muger é hijos , tambien tuvo entre sus discipulos al senador Nicodemus, al opulento José de Arimatea y 4 la rica poder gastar sumas considerables en obsequio de Cristo ‘, y ademas al poderoso habitante de Jerusalen cuya morada era bella y muy adornada, y tan espléndida, que sirvié para ser el primer templo, donde los hombres recibieron la sagrada Eu- caristia. No condenaba, pues, Jesucristo la posesion de ri- quezas, ni el derecho de propiedad. ~ Ni era posible que lo hiciese, cuando él mismo como Dios habia publicado ese derecho. El preliminar del sélimo manda- miento es precisamente el derecho de propiedad, y sin él falla- ba la materia para establecerlo. El’ objeto material robado al prdéjimo rio es precisamente la materia de ese precepto; sustrai- gaseel dominio que cualquiera tenga sobre ese objeto, y ya no hay materia de precepto; asi, por ejemplo, por innumerables que sean las canlaras de agua que un individuo coge enla mar, no roba, porque los mares ‘no son de nadie; y.si éstos estan di- vididos en zonas relativas a las naciones que csian proximas a ellos , eso no pasa de ser una ficcion del derecho publico , pues en realidad el: mar no liene mas duefio real y verdadero, que el que le puso, como dice Job, cerrojos y candados *. E] dominio legitimo que uno tiene sobre alguna cosa es la materia de ese precepto, y por consiguiente, al decir Dios, no hurtards , en el ‘ Joan. cap. XI. v.38. 4 Job cap, XXXVIIL.v. 8, 40. - Bie It EEN bo eR Serer ree ers

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