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68 para los escrutinios, de tal manera preparados, que no sea necesario sino añadir el número de votos y la firma de los Escrutadores. El refitolero procurará dejar dispuesto en la cánova lo conve- niente para que puedan quemarse las cédulas después de las elecciones. Todos los Vocales deben estar reunidos en el convento capitular, 4 más tardar, la víspera del Capítulo antes de mediodía, y tener plena facul- tad para llegar, si les place, con dos días de an- telación. La víspera del Capítulo, durante la comida, se lee la Regla v Testamento de N. P. S. Francis- co, y por la noche el decreto Sanctissimus Do- minus del Santo Oficio, publicado por mandato de Urbano VII, sobre la observancia de las Cons- tituciones Apostólicas y demás decretos emana- dos de la referida Sagrada Congregación. Así lo enseña Ferraris”. Después de Vísperas, á la hora que designa- 1 Regulares, 1, n. 72. Sin embargo, según consta en el mismo decreto y en otro posteriormente publicado por la propia Con- gregación, bastará que los Superiores recuerden á sus súbditos el cumplimiento de los citados decretos. Véase el Bulario Capu- chino, t. VI, pág. 401-497 y 539, Lo mismo dice nuestro P. Piato, tomo Í, pág. 599, Mas para mayor facilidad de los que deseen dar pública lectura de ellos, en vez de recomendarlos en plática exhortatoria, insértase al fin el decreto Sanctissimus Dominus. Téngase en cuenta que dicha lectura ó, por lo menos, amo- nestación obliga sub pona privationis officii, ac vocis active et passive ipso facto incurrenda, aliisque arbitrio Sanclitatis Sue infligendis.

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