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3U Terminaremos este párrafo haciendo constar que la elección de un digno, pospuesto otro más dieno, aunque ilícita, es válida; pero la elección de un indigno es nula pleno ¿ure, y los votantes quedan privados por aquella vez de voz activa!. IV DEFECTOS QUE HAN DE PRECAVER LOS VOCALES Habiendo indicado en el artículo precedente las obligaciones de los Vocales reunidos en Ca- pítulo, que se reducen á nombrar los más dignos: entre los que tienen las condiciones que exigen la lelesia y nuestras leyes, y á prescindir de los privados de ellas ó excluídos por las Constitucio- nes Apostólicas y Capítulos Generales de la Or- den, reclama el buen orden del presente tratado que compendiemos ahora la doctrina referente á los escollos que deben evitar en el ejercicio de sus derechos. Suele dar pie á grandes abusos y transgresio- nes la aceptación de personas. Por ella entende- mos la distribución ó colación de bienes co- munes, regulada, no por el mérito verdadero y cualidades del agraciado y bienestar que de él 1 Ferrar., Electio, MM, n. 8, edit. 1886.
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