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” los religiosos de buena voluntad el conspirar concordes contra los vestigios de indisciplina, poca observancia ó desconocimiento de nuestras santas leyes, dechado in- superable de buen gobierno, según es notorio, ó cuales- quiera otros abusos, compañeros de la instabilidad y vaivenes de las cosas humanas. Como medio oportuní- simo y directo para conjurar esos males y prevenirnos contra la confusión de ideas y demás contratiempos que nos amagan, se nos dió cual guía segura el Manual Seráfico y el Ceremoniale Romano-Seraphicum, normas respectivamente de nuestras prácticas conven- tuales y litúrgicas. Y como los Superiores, alma y vida de su Provincia, deben ser modelo de los súbditos en ejemplo y doctrina, nunca será excesiva la cautela y prudencia que presida su elección y nombramiento; por lo cual así el Derecho canónico como el regular dedican á ello buena parte de su contenido, y á ese mismo pun- to ha consagrado sus más sabios artículos nuestra le- gislación particular. Únicamente para facilitar su estricto cumplimiento, y no para llenar vacíos ni suplir deficiencias de que, gracias á Dios, no adolece nuestra actual jurispruden- cia regular, he tomado la pluma, temeroso de mi escasa habilidad, pero fiando mucho en tu indulgencia, y más todavía en el consejo de nuestro Superior y Padre. En su consecuencia, el deseo de poner en manos de todos nuestros religiosos parte de aquella inagotable ri- queza, me indujo á escudriñar detenidamente muchos tratados de Derecho regular y las decisiones de nues- tros Capítulos Generales, 'exprimiendo de allí lo que reputé ya de vital interés, ya de suma conveniencia para la canónica y útil celebración de nuestros Capítu- los Provinciales, y encerrando en breves párrafos el fruto de largas tareas, que indudablemente te pertene- cerá á trueque de dos horas de atenta lectura.
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