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CAPITULO QUARTO: 281 ja; y este será el fruto de la tal leyen- da y reflexiones que le acompañan. Lo mismo practicará en los otros Capítulos que leyese los diez dias. Con especiali- dad debe leer con mas freqiiencia , y gun si puede ser todos los dias el Capí- tulo que trata de la Profesion Religiosa, del modo como se han de guardar los tres votos; reflexionando , que de aquel modo que allí se enseña ha de vivir, y aquella ha de ser su obligacion en pro- fesando. Respeíto de las mortificaciones y penitencias exteriores , no puede hacer otras sin licencia , mas que las que son de estilo ; esto es , que en aquellos dias de la semana que no hay disciplina de Comunidad , la ha de hacer el exerci= tante en el Oratorio ántes de acostar- se:el Lúnes, Miércoles y Viérnes ha de comer de fodillas en el Refeétorio, pri= vándose todos los diez dias de toda es- pecie de postre que se ponga á la Co- munidad. En la mortificacion de los sen* tidos exteriores se ha de portar con tan» to mas cuidado que en todo lo demas 'del año:, quanto los dias dé exercicios

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