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POR LA TARDE. 350 tro estado ; pero la negociacion!,-y'tratos que se orde- nan á la ganancia temporal + ab Feclesiastica abborrent regula ; porque , como dice Santo Tomás, (15) apenas puede negociarse sin pecado , y nimia sumersion de'el animo en lo temporal : y esto aun quando el negocian- te sea seglar, ¿qué será si es Eclesiastico? ¡Oh , que aun quando prescindiesemos de la prohibicion de los Sa- grados Canones , es por sí misma indecentisima , y age- na de los que están consagrados al Divino Culto! 2 Ahora, pues , siendome este punto tan vedado en los Sagrados Canones, ¿cómo me porto acerca de él? ¡Ay de mí , que se me estremece el cuerpo en acor- darme solo de la ocupacion continua en los negocios temporales en que vivo! pues como si tener mucha ha- cienda me hiciera esento de esas leyes , vengo , en una palabra , á vestir , andar , tratar , y comerciar como uno de los Labradores seglares de mi pueblo. ¿Qué di- go como un seglar? Mejor diré , silo he decir eon pro- priedad , como un «Chalan :*y si et rubor no me permi- te que lo diga asi, habré de confesar al menos ¿ que soy como el Labrador mas codicioso que hay en el Lu- gar. ¡Ay de mi! ¿Cómo me conocerán a mí por Cleri= go los que me vean: andar continuamente por los cam=" pos , atravesado en un Caballo , gritando al“Gañan que no profundiza la tierra quando ara , 0 caba ; dando voces al criado que dexa comer en mis sembrados al ganado ageno ; e instaudo sobre el segador que no re= coge las espigas bien? ¿Cómo me reverenciará por Sa- cerdote el que me vea atezado como estoy de el sol en un Agosto ; afanando en la hera de continuo , riñendo con el que acarrea , gruñendo con los trilladores , y Z4 : apre- (15) D. Thom. 2.2. art. 4. ad 3. si
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