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E EA AA nidad 0 el cargo que ejerce una pers o puede se1 ni es estado, puesto ye se y rsé quitarse y ponerse sin yaria1 le pez sona. No acontece así en el estado, cuvo carácter es la 113 1 estabilidad y la permanencia en un mismo modo de ser, de tal suerte, que el que se casa, casado es, mien- tras le viva el consorte: y el que pr desa enuna Or- den religiosa, religioso es mientras su profesión exista y la tenga ligado en místicos desposorios con el Cordero Divino. Esa forma ó manera de vida ha de ser aprobada pi 12 Iglesia para que revista el carácter de estado re li g10SO, porque solamente la Iglesia puede juzgar con acierto si nna forma de vida realmente es ó no es con- forme á la perfección evangélica; sólo ella puede cons- tituir Ordenes religiosas, confirmar sus estatutos, sancionar sús poderes y establecer su jerarquía y ré- gimen interno. La pe Je 2 quedejael mundo y abra- za la vida religiosa con el fin de santificarse, es preci- so que tenga seguridad de haber emprendido el camino recto y verdadero; es necesario, si no quiere errar, que una autoridad infalible le garantice la legitimidad y eficacia de los medios para obtener el fin que pretende; y esa autoridad no la tiene ningún hombre como hombre, aunque sea santo y haga mi- lagros, porque la E Ra es nota característice de Cristo y de su Iglesia, y no puede hallarse nunca en el hombre partic ular, el cual está escrito que es falible y mentiroso: omnis homo mendax. Además, la profesión religiosa es una donación especial que el cristiano hace á Dios de su persona, y la tal donación no es válida, si no es aceptada por Di os. El, ordina- riamente hablando, no ac epta esa donación por sí mismo, sino por medio: de sus representantes en la tierra, es decir, por medio de la Iglesi: a Católica, y por eso es necesario de toda necesidad la aprobación de la Iglesia, para que la forma de vida que se adopta sea de verdad estado religioso. A

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