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127 deseos, y no habrá afecto en mi alma, ni suspiro en mi pecho, ni obra buena en mi vida sin valor á sus ojos. Nada para El pasará desapercibido; porque todos mis actos los tiene presentes para recompen- sarlos, si están en armonía con la promesa que le hice deliberadamente. Esta última palabra expresa otra de las cualida- des esenciales del voto, porque un voto hecho sin deliberación, es decir, sin conocimiento de lo que se promete, sin libertad para dejar de hacerlo, sin con- sentimiento de la voluntad ó sin determinación de obligarse, sería completamente nulo. El voto pri- vado 6 partic ular obliga solamente en la forma, cdo y tiempo que. uno quiere obligarse; pero el voto religioso obliga en la forma, modo y tiemp «lispuesto por la Iglesia; de suerte que uno es 10 para hacer ó no hacer votos en la Religión, pero una vez que los hace, no es libre para limitar ó res- tringir su materia, forma, modo, tiempo y obli- gaciones; sino que los ha de hacersen el sentido determinado por la regla y Religión que abraza, so pena de cometer un crimen de refinada hipocresía, pecando graviísimamente y haciendo nula su profe- sión. Es cosa muy seria y muy grave la emisión de los votos religiosos; y por eso la Iglesia Santa ha «dispuesto que quien los ha de emitir, pase uno, dos ó6 más años de noviciado, (según las Ordenes y Con- gregaciones religiosas); para que en ese tieempo el individuo sepa lo que va á prometer, y vea si tiene valor y fuerzas para cumplirlo; y por otra parte, la Comunidad pruebe y experimente al novicio, part ver la voluntad con que procede, la causa que le mueve y la intención que lleva al hacer sus votos, á fin de qn sean hechos con plena deliberación. Como los votos se hacen solamente á Dios, y Dios es Santidad inmensa y Bondad infinita, “claro está que sería ofenderle y burlarse de Él, prometerle una cosa mala ó irrealizable; y por eso es preciso que el
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