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Costumbres de la Provincia Aunque para Definidores son admitidos y nombrados todos los PP.s componente~ [de] la escuela de donde se han de elegir, siempre han sido preferidos en igual ménto los ~tores de prima~ los de vísperas; y éstos a los Predicadores, de mod? que por lo comun el ~tor de pnma era ante Definidor que su Maestro o Lector de v1speras; Yel Lector de v1speras antes que los condiscípulos de sus Lectores. Digo _por lo común, porque si los Lectores, aunque fueran de prima. no correspondían con su conducta a las Dignidades a que por su nomoramiento son llamados, no sólo no se les elegía para estas Digniuaaes, si ni aún para Guardianes, como [palabra ilegible] exclaustración y antes había algunos. Leyes de Colindres para elección de PP.s Custodios en su Catastro En esta Provincia había tres Custodias, como se ha dicho, y cada una tenía su Custodio de su seno elegido por el Rdo. Definitorio; excepto cuando debían ir a Capítulo General, que entonces los dos Custodios que no eran de la Custodia del Provinclal electo, eran elegidos por el Capítulo, y se llamaban Custodios Generales, y el otro Custcxlio de Provincia; y de este mcxlo las tres Custodias tenían voto en el Capítulo General. El turno de los PP. Custodios era el siguiente: La escuela de la Cu todia del Provincial, que se había quedado sin el Provincialato, le tocaba el Custodio de Provincia. La escuela del P. Provincial que concluía, tenía un Custodio General, y el Custodio 3º será de la escuela que no había tenido el Custodio de Provincia no en el presente, sino en el pasado Capítulo; prácticamente en el presente nombramiento, el P. Custodio de Provincia tocaba a la escuela que era de Nuestro Rmo. P. Juan de Valencia, que se ha quedado sin Provincial en él; el uno de los otros dos Custodios pertenecerá a la escuela de N. P. Foyos; y el otro Custodio debería salir de la escuela del Rdo. P. Ramón de Benaguacil, que se quedó sin Provincial en el Capítulo antecedente al nombramiento de N. P. Foyos. Catastro de Colindres. Tumo invariable. Costumbres de Provincia Este orden es tan antiguo, que no he oído haberse variado más que una vez en N. Rmo. P. Domingo de Onteniente [espacio en blanco] y fue porque habiendo ido al Capitulo General a Roma como Custodio y descubriéndose lo grande de aquel hombre, rogó el Rmo. P. General, a petición de otros PP.s, que la Provincia le enviara al Capítulo General siguiente como vocal para nombrarle General. Tropezándóse con la dlftcultad del tumo acostumbrado (era antes del Catastro) después de varias consultas se convenieron las dos escuelas de trocar el tumo; y habiendo ido y elegido por 1 ° Definidor como se acostumbra al que ha de nombrarse General; luego tuvo el sello de la Orden,'renunció la voz pasiva en aquel Capítulo y se le admitió el mismo; dejando frustrados los deseos de tcxlos los capitulares. En los Custodiatos y Guardianías se g~~ en las elec~iones la preferencia a los PP.s Lectores, que se ha dicho en la elecc1~n de De~mdores. ~xcepto que _los Predicadores deben tener ... (palabra ininteligible] 20 anos de h_áb1to, y haber sido Vicarios, o tcxlos los votos en su elección; y los Lectores no están suJetos a ninguna cosa de las tres. 37

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