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CALATRAVA -ríos, ante quien esta nuestra Carta se representare, no les pon– gan embarazo ni impedimento alguno, que así es nuestra voluntad; . de lo cual mandamos dar y dimos esta nuestra Carta, sellada con nuestro sello Y· librad;i por los del nuestro Consejo, en esta villa de Madrid a doce de enero de mil setecientos veintiocho.-Andrés, Arzobispo de Toledo.-Gregorio de 1Wercado.-(rúb . ileg.) López.– Fran cisco de Arriaza.-Don José Rojas.-Yo, don Blas García, Se– cretario d~ Cámara del Rey Nuestro Señor, firmé e hice firmar, por su mandado con acuerdo de los de su Consejo.-Por el Chanciller Mayor, ]iwn Anton-io Rornero.-Lug;:ir del sello. Licencia a la Religión de Menores Capuchinos de la Provincia de Castilla, para que pueda fundar un Convento en la villa de La Calzada.
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