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/ 72 CALZADA DE mes· de septiem,bre, se presentó Memorial de los RR. PP. Provincial y Definitorios de la Provincia de ambas Castillas, de la Orden de los Menores Capuchinos, haciendo relación que por el testamento debajo de cuya disposición falleció Beatriz Carrillo, vecina de la villa de La Calzada del Campo de Calatrava, mandó que del rema– nente de sus bienes y hacienda, que llegaba a cuatro m_il ducados, se erigiese un Convento de su sagrada Religión de Capuchinos, en que había de haber catorce o quince Religiosos. Y que f1abiéndose hecho notoria esta dispos1.ción al Cóncejo de aquella villa, estaudo capitularmente juntos, reconociendo la utilidad que en lo espiritual se había de seguir al común de e11a, que se componía de dos mil personas que carecían por su crecido número del consuelo de co– pia de confesores y otros espirituales, sin contingencia de ries– gos ni perjuicio alguno, por no poder adquirir propiedad alguna, dieron su consentim,iento para dicha fundación. Y que asimismo era cierto que el Licenciado don Blas García de Pulgar, Presbítero, ve– cino de dicha villa, se había _preferido con todos sus bienes y ha– cienda, valorada en treinta mil ducados, y obligado por escritura ele donación inter vivos irrevocable a hacer di.cha fundación, ele que presentó testimonio dado por José Tomás Limón, Escribano públi– co y del número de dicha villa de La Calzada. Y que, supuesto lo referido y haber obtenido dicha Provincia el permiso y consentimien– to ele diferentes ciudades de voto en Cortes para la expresada fun– dación, pedía a esta ciudad el suyo por sí y su reinado . Y visto di– cho Memorial por el Ayuntamiento ele T oledo, acordó se llevase a él con cédula ele llamami ento para votar por voto secreto, como es estilo, el expresado consentimiento, y , habi éndose dado ele ante di em en veinte ele este presen te mes, se volvió a ver dicho Memorial y votó el consentimiento por voto secreto, como «:;s costumbre; y ha– biéndose acabado de votar, la ciudad nombró dos Caballeros Capitu– lares que regulasen lo votado, y habiéndolo ejecutado por ante mí, e l. Escribano Mayor, declararon haber pasado nemine d-iscr epant e el consentimiento de esta Imperial ciudad para la expresada fun– daóón de Convento de Capuchinos en la villa de La Calzada de Ca– latrava . Y la ciudad mandó SE; g uardase dicha regulación, como todo lo referido consta y parece más por extenso del Memorial y testi– monio presentados y del libro Capitular de estos Ayun_tamientos, a que me refiero.. Y para que conste, de pedimento de la parte del R. P. Provincial y Defi.init-0rio, doy el presente en la Imperial ciudad

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