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,,, 54 CALZADA DE murió Beatriz Carrillo, vecina de la villa de La Calzada del Campo de Calatrava, mandó que del remanente de su hacienda, que llega a cuatro mil ducados, se erija un Convento de nuestra sagrada Reli– gión, en que haya de haber catorce o quince Religiosos. Y habien– do hecho notoria esta cláusula al Concejo de la dicha villa, recono– .ciendo sus Capitulares la utilidad que en lo espiritual se ha de seguir al común, y que en ningún tiem_po puede perjudicarles esta funda– ción, por no poder adquirir algunos bienes ni debilitar los caudales públicos, dieron su consentimiento en diez y nueve de diciembre de ·mil setecientos veintiuno . Suplicaron a Su Majestad que hasta que se consiguieran las licencias necesarias para la Fundación, permitie– se poner un Hospicio, atendiendo a que, por componerse la villa de más de dos m,il personas y haber sólo dos Confesores y cua'tro Sacer– dotes, padecen los fieles muchas veces el desconsuelo de no tener quien les asistiese, y algunos el de no tener quien les asista y con– suele en el artículo de la muerte. Y para precaver todos los incon– venientes que se pueden alegar, el Licenciado don Blas García Pul– gar, Presbítero de dicha villa, ahora de nuevo se ha ofrecido por fundador de dicho Convento, y por escritura que tiene otorgada en catorce de noviembre del año pasado de mil setecientos veintitrés, con cláusula de donación inter vivos irrevocable, se ha obligado con todo el resto de su hacienda, que pasará de treinta mil ducados a ' fabricar dicho Convento, sin que a la, villa se le siga ni pueda seguir el más leve gasto en su erección, antes sí la suma utilidad de que al presente carece, pues, añadido este caudal al de los cuatro mil du– cados del legado de Beatriz Carrillo, hay lo suficien te para la fábri-– ca . y habiendo dado su permiso el Cura Rector de dicha villa, el sacro Convento de Calatrava, la villa de Aldea del Rey, que es la más inmediata a la de La Calzada, Y aceptado la fundación nuestro– Capítulo provincial celebrado en Madrid a veintiséis de abri l de mil setecientos veintiuno, a quien en nuestra Religión compete ese de– recho, resta, para que Si.:\ Majestad, usando de su innata, nos con-– ceda también esta gracia, que el reino la consienta . Por lo cual suplicamos a V. S. que, considerando los justos y aun instantes. motivos que fomentan esta fundación y el desconsuelo que la villa de La Calzada tendría de que no se logre, se sirva V. S . dar para ella el consentimiento, en que la Orden de los Capuchinos recibirá singular merced, quedando por este motivo de nuevo obligada ?– rogar a Dios en nuestras oraciones y sacrificios por la felicidad de V. $.-Fr. José de [llescas, Provincial; Fr. Diego del Castillo,

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