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C'J\LATRAVA 53 vier Burillo, don Felipe Velázquez de Cuellar y don Francisco de Vega, Regidores Capitulares de dicho Ayuntamiento, a que asis- tió don Pedro Morales y Jaraba, Procurador general de la tierra, se .. presentó el Memorial del tenor siguiente: (Ahora el i\1emorial de Fr. José de Illescas.) Y por la ciudad visto, oído y entendido el dicho Memorial, ha– biéndose juntado con cédula de llamamiento ante diem para resolver su , ~ontenido, unánime y conform_e dijo que, respecto de que la fun– dación no es de Religión capaz de dominio en común ni en particu– lar, y siempre que por Su Majestad (q. D. g.) se mande informar sobre ella, prestará esta ciudad su consentimiento, com_o no siendo necesario que preceda Real orden, por la calidad ele la fundación, desde luego consiente en ella, y que .se dé por testimonio, con que se conformó el señor Corregidor. Como todo lo referido consta ele -dicho Memorial y acuerdo de la ciudad hecha en esta razón, que queda en su libro Capitular, a que me remito ·y en fe ele ello de pedimento de la parte ele la sagrada Religión ~e Menores Capu,chi– ·nos de las dos Castillas, doy el presente, sellado con el sello ele ar– mas ele esta muy noble y muy leal ciudad ele Cuenca en ella a ) ' doce ele agosto de mil setecientos veinticuatro.-En testimonio de verdad, Gab1'iel de Haro, Secretario. (Tiene selle .) h) TESTIMONIO DE MADRID (1). Don Martín Marcelino Vergara, Secretario del Rey nuestro Se– ñor y Escribano Mayor del Ayuntamiento ele esta viUa, certifico que en el que se celebró en once de este mes, entre otros ac uerdos, .se hizo el del tenor siguiente : En este Ayuntamiento se <lió cyenta ele un Memorial ele Fr. José ,ele Illescas, Ministro Provincial del Orden de C-apuchinos, y de los Definidores de esta Provincia, pretendiendo el permiso y licencia para fundar un Convento de su Relig ión en la villa de La Calzada del Campo de Calatrava, que el tenor del referido Memorial es el ·siguiente : MEMORIAL.- Fr. José ele Illescas, Ministro Provincial de las dos Castillas de Ja Orden de Menores Capuchinos, y los Definidores de la dicha P:ovincia, dicen que poli el testamento bajo cuya disposición (r) Arch. Cap. Prov. Cas-t., 30/00015 2 . Ms. rubricado, 3 1 X 2 r, dos hojas.

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