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CALZADA DE b) TESTIMONIO DE SORIA ( 1 ) • Yo, Francisco Torraba, Escribano del Rey Nuestro Señor, del número Ayuntamiento y Millones de esta ciudad de Soria y su provincia y de las Alcabalas y Rentas Reales de ella y su partido, y las de Osma y el suyo, certifico y doy fe cómo en el Ayuntamien– to que esta ciudad celebró por mi testimonio en el día ocho de este presente mes y año de la fecha, en que se hallaron presentes los señores Licenciados D . Antonio Pérez de Goiburu, Corregidor, Jus– ticia Mayor y Capitán de guerra de esta dicha ciu_dad y su juris– dicción, por Su _Majestad; D. Pedro de Salcedo Río y Azcona, con– de de Gomar;i y Alférez Mayor de ella; D. Diego Antonio de So– tomayor; D. Juan Manuel de la Peña y José Ortiz de Montarco, Regidores perpetuos de ella, y D. Juan de Luzón y Castejón, Sín– dico Prior general del .Estado de Com., por parte del M. R. P. Fray José de Illescas, de la Orden de Capuchinos, Provincial ele las dos Castillas, se presentó el Memorial fin~aclo suyo y ele cuatro Defini– dores, en el que hacían relación de que en la villa de La Calzada del Campo de Calatrava había muerto Beatriz Carrillo, y que en el testamento bajo cuya disposición murió mandó que del remanen– te de sus bienes, que llegaba a cuatro 1n,il ducados, se erigiese un Convento de Capuchinos, de número de catorce o quince Religio– sos, cuya cláusula se había hecho notoria al Concejo de dicha villa, quien había prestado su consentimiento, y que nuevamente el Li– cenciado D. Blas García Pulgar, Presbítero de dicha villa, se ha– bía ofrecido por fundador de dicho Convento, por escritura que te– nía otorgada de donación inter vivos, obligándose con el resto de su hacienda, que pasaba de treinta mil ducados, a la fábrica ele él, y que asimismo habían dado su permiso las villas circunvecinas y se había aceptado por su Capítulo Provincial la dicha fundación, por lo que suplicab~ a esta ciudad, como cabeza de Provincia, que mediante el benefic10 que se seguía a dicha villa de La Calzada se sirviese prestar su consentimiento para la dicha fundación. Y por la ciudad visto acordó que respecto de las circunstancias de dicho Memorial Y el beneficio que se sigue a la dicha villa de La Calzada y su consentimiento y de las villas circunvecinas el prestar, com_o por lo que toca a esta ciudad prestó, su consentimiento, para que (r) Arch. Cap . Prov. Cast., 30/000152 . Ms. rubricado y con sello; una hoja.

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