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CALATRAVA 4S dicha ciudad, y por ante mí el Escribano se hizo el acuerdo que es del tenor siguiente : ACUERDO.-Dióse en este Ayuntamiento un testimonio, su fe– cha de veinticuatro de mayo vróximo pasado de este presente año, dado por José Tomás de Limón en la villa de La Calzada del Cam-' po de Calatrava, de las diligencias que_ han precedido y preceden para la fundación en ella de un Convento de Religiosos Francisca– nos Descalzos Capuchinos, habiendo precedido Ayuntamiento, Jun– ta de eclesiásticos, caballeros y seglares, en que todos los de dicha villa unánimes y conformes, con ansia de lograr el alivio que se le sigue a aquel pueblo, cuya vecindad pasa ele dos mil personas, para la administración de los Santos Sacram,entos y asistencia a los en– fermos in articulo mortis , y para la predicación y exhortación a la buena vida y costumbres, y acompañando a dicho testimonio Jl!Ie– morial de los Rn~os. PP. Ministro Provincial y Definidores ele di– cha sagrada Religión, en que han concedido su licencia para la fá– brica de dicho Convento respecto de que los devotos de limosna la costean. En vista de lo cual la ciudad acordó que se ponga en este libro capitular copia del t estimonio que se expresa y dicho Memo– rial original del R. P . Fr . J osé Illescas, :Ministro Provincial y de– más Definidores, y teniendo p resent e que esta fundación es muy del servicio de Dios Nuestro Señor y que dicha Religión no puede te– ner bienes ningunos, ni los tiene, sí sólo la altísima Providencia que los m,antiene de las limosnas que voluntari amente los bienhe– chores les quieren dar, esta ciudad por sí y su provincia , y por lo que le t oca, conviene y p resta su aonsentirn iento para la dicha fun– dación, dispensando en cuanto a ella en cualesquier condiciones o capítulos que 10 p rohiban y para en adelante, dejándolos en su fuerza y vigor re~pecto de que a ning ún vecino ni interesa do . de dicha villa ele La Calzada de Calatrava se le sigue ningún perjuicio , sí graneles utilidades. Y se d é testimonio ele este acuerdo para el efecto expresaclo.- El conde de Medina y Confreras .- El marqués de Andía y de la Riv era .- Ante mí, Manuel I sidro de Pareja. Es copia de su orig inal , que está en el libro Capitular de los Ayuntamientos ele este presente año, por ahora en mi poder, a que me rem_ito, y en virtud de lo mandado doy el 1 resente a la Sa– g rada Religión de Franciscanos Descalzos Capuchinos, en esta ciu– dad de C uaclalajara, a quince días del mes el e junio de -mil -sete– cientos veinticuatro años, y _lo signé y firmé en t estimonio de ver– dad. - M an-ue l Isidra de Pareja.
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