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CALZAD,", OE e: Sacro Convento de Calatrava, la villa de Aldea del Rey, que es la más inmediata a la dicha Calzad¡1, y aceptando la fundación nuestro Capítulo Provincial celebrado en Madrid a veintiséis de abril de 1721, a- quien en nuestra Religión compete este derecho, resta para que Su Majestad, usando de su innata prerrogativa, nos conceda tarn,bién esta gracia, que el reino la consienta, por lo cual suplicamos a V. S. que, considerando los justos y aun instantes motivos que ' fomentan esta fundación y el desconsuelo que la villa de La Calzada tendrá de que no se logre, se sirva V. S. de dar para ella su consentiriüento, en que la Orden de los Capuchinos recibi– rá singular merced, quedandu por este título de nuevo obligada a rogar a Dios en nuestras oraciones o sacrificios por la salud y feli– cidad de V. S. Fr. José <ice Illescas, Provincial; Fr. Diego de CastiUa, Defini– dor; Fr. Agustín de Oviedo, Definidor; Isidro de Lozoya, Defini– dor; Fr. Ignacio de Almeyda, Definidor. El v einticuatro de ·1nayo de 1724, o sea después de hab erse diri– gido nuestro P. Provincial a S. M . el Rey solicitando permiso para fundar en Calzada de Calatrav_a, pareció ante los se·í'íores Diego de Cisneros :Y Pedro Caballero Nieto, Alcaldes Ordinarios por Su Ma– jestad, el Rmo. P. Fr. F elipe de Calahorra, ex L ector de S. Teolo– gía y Coinisario Provincial de la fundación; conio ya hemos die ho, solicitando se redactase itn escrito, firmado por die has se1iores y por el Licenciado D. Ambrosio Gijón y Ribera, que vestía el hábito de Calatra-va y era Rector y Cura Propío de la Parroquial, mas Por et y a 1nencionado anteriormente D. Blas García, en el cual escrito se dies e noticia de las vicisitudes de la fundación y st solicitase de las ciudades que tienen voto en Cortes di esen su autorización Jntra la tan apetecida residencia de PP. -Capuchinos en Calatrava E l do- cumento dice así: · 12. Documento que las autoridades de Calzada, en uruon de Fr. Felipe de Calahorra Y el Prior de Calatrava, redaatan y envían a las ciudades que tienen voto en las Cortes, solicitando su voto a favor de la fundación (r) . En la villa de La Calzada, en veinticuatro días del mes de mayo, año de mil setecientos veinticuatro, ante los señores dO'll Diego de Cisneros Gois y Pedro Caballero Nieto, Alcaldes Ordinarios por Su Majestad en ambos .Estados, pareció el Rmo. P. Fr. Felipe de Ca- -- . - ....... ~- (r) Arch. Cap . Prov. Cast., 30/000145, y 30 / 000152. Ms . rubricado, 30 X 2 r; dos hojas completamente llenas.

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