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CALATRAVA 39 tar un convento de nuestra Orden en Ca.Z.zada. El docii'men to dice P,SÍ: r 1. Solicitud del M. R. P. Provincial al Presidente del Reino para fundar en_Calzada r) . Fr. José de Illescas, Ministro Provincial ele las dos Castillas y de la Orden ele Menores Capuchinos, y los Definidores ele la dicha provincia, dicen que por el testamento bajo de cuya disposición murió Beatriz Carrillo, vecina de La Calzada del Campo de Cala, trava, mandó que del remanente de sus bienes, que llegan a cuatrq mil ducados, se erija un Convento de nuestra Sagrada Religión, en que haya de haber catorce e, quince Relig iosos, y habiendo he– cho notoria esta cláusula al Concejo· ele dicha villa, reconociendo sus Capitulares la utilidad que en lo espiritual se ha de seguir al co~ mún, Y que en ningún tiempo puede perjudicarle esta fundaci ón , por no poder adquirir algunos bienes ni debilitar los caudales pú– blicos, dieron su consentimiento para ella, y en diez y nueve de dici~mbre de niil setecientos veintiuno suplicaron .a Su Majestad que hasta que se consi guieran las licencias n e-cesarías para la funda– ción permitiese poner un Hospicio, atendiendo a que por compo– nerse la villa de más de dos mil personas y haber sólo dos Confeso– res Y cuatro Sacerdotes, padecían los fieles muchas veces el des– consuelo de no tener quien los confiese, y algunos el ele no tener quien les asista y consuele en el artículo de la muerte. Y para precaver todos los inconvenientes que se pueden alegar, el Licen– ciado don Blas García Pulg'ar, Presbítero ele dicha villa, ahora de nuevo se ha ofrecido por fundador ele dicho Convento, y por es– critura que tiene otorgada en catorce de noviembre del aüo pasado de 1723 , con cláusula de donación ínt er vivos irrevocable, se ha obligado con todo el resto de su hacienda, que pasará de treinta mil ducados, a fabricar dicho Convento, sin que a la villa se le siga ni pueda seguir el más leve gasto en su erección, antes sí la suma utilidad de que, sin él, disfrutE: el pasto espiritual de que al presente carece. Pues, añadiendo este caudal al de los cuatro mil ducados del legado de Beatriz Carrillo, hay lo suficiente para la fábrica. Y habiendo dado su permiso el Cura Rector de dicha villa? (1) Arch. Cap . Prov. Cast. , 30/000141, Y 30/000140. Ms. rubricado, 21 X 1 5 , dos hojas, y la última página en blanco.
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