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CALZADA DE R. P. Guardián de dicho Convento de Capuchinos, nombre sucesor el qu~ por tiempo fuere y pareciere a dicho Guardián más a propó– sito para que cumpla dicha dotación, prefiriendo al que tuviese más. proporción y voluntad de ordenarse de Sacerdote, para que asimis– mo le sirva de ayuda de congrua, con que el culto divino estará. más bien servido. Y en caso ele no haber alguno que quiera ser Sacerdote, dicho P. Guardián nombrará la persona que bien le pa– reciere, vecino y natural de esta villa, que cumpla dicha dotación, y si no lo hiciere, le privará de la posesión, entregando dicha huer-– ta a quien cumpla lo que llevo ordenado, por ser así mi voluntad _ PIE.-Y revoco y anulo y doy por ninguno y ele ningún valor ni efecto otros cualesquier testamentos, codicilos, mandas o pode– res para testar que baya hecho por escrito, de palabra o en otra. forma, y especialmente el que otorgué ad caul elam ante el presente: Escribano, su fecha en esta villa, en catorce días del mes de mayo. del año pasado de mil setecientos ~liez y ocho, en el que puso estas. palabras: «María Santísima fué concebida sin pecado original.i, Que quiero no valgan ni hagan fe en jui ·o ni fuera de él, salvo el que otorgué por lo tocante a la fundación de mayorazgo, y no en más, y este mi testamento, que quiero se guarde y cumpla por mi última y final voiuntad, como mejor pueda en Derecho, y así lo. otorgo en esta villa de La Calzada, en treinta y un días del mes de– julio, año de mil setecientos cuarenta y ocho, con asistencia de los. RR. PP. Fr. Juan Menchero y Fr. Felipe de Alía, siendo testigos. Mig uel Martínez de Acevedo, Alfonso Pastrana y don Jacinto Aynat y Beneyto, Vecinos de esta villa, y la señora otorgante, qüe yo, e1 Escribano, doy fe conozco, lo :finn,ó.- Digo que no firmó, porque: dijo no poder por lo grave de su enfermedad. A sti ruego lo firmó. uno de dichos testigos.-JUiguel Marlíne z de Ac evedo.-Ante mí,. , José Tomás Lini6n. Concuerda con . dicha cabeza, cláusula y pie de dicho testamen– to, cuyo original está en mi registro, a que m_e remito, y para que conste, de pedimento de José Antonio Limón, Regidor perpetuo de esta villa, Síndico del Convento de RR. PP. Capuchinos de ella~ doy el presente en dicha viUa de La Calzada, en diez días de oc– tubre de dicho año, y en fe de ello lo signé y firmé. En testimoni0, de verdad, José Tomás Lim6n. Tambi én establecieron una obra. pía en nuestra, iglesia los veci– nos Antonio de L eón e Isabel de Perea, su mujer. Dicha obra pía; ,

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