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40 Tratado 3 dela, Mandamiento, to, de peregrinacion adiic por la parte, que tiene de perfónal ,lo pue deinicás lu Padre porque disc Azor, quee. voto de abilinencia, y ¿Junos que haze el hijo, conter periónales, los puede irritar el Padre, quaudo ai ti el hijo para gtra ja y ala rázon, por vue «llos vótOS, que Ach: ci1aR lo pat erabájar, perjudican á la patria po- welladimucho mes perjudics 4 la pa- eria poteltad, el que el hijo le aufen= E en la e aos d en todo effic tiempo no trabaje: lego podra elP. Fla ed de ER 55. Pero procediendo con toda feguridad ; fu muger puedeirritatle á v. m. cíle voto; en opinion de Sua rez tom. 2. dereliz. trac. de voro,líb, 6. cp 4.» 8. Sanchez lib 9, dematrino, dijp 42, 0.2: y lib. 4, decóli cap, 39,0, 20, y de otros muchos que cita, y fi: gue Fagundez in decal. lib, 2, cap, 38, 1,20. que enfeñan; quetódos los vo. ros del marido, que perjudican 2 la mutua cohabinel > Ta hechos antes del matrimonio, puede la mu- ger irritarlos indireótamente : éffa peregrinacion tan dilatada perjudica alamotua cohabitacion,como dicen los D'D.poco ha citados, y fe púeden veren Fágundez enel y, 23. del if. mo capitólo : lego puede la mugetir- ritar indireólamente efe voto , qne v. m. hizo de peregrinacion, aunque fea hecho antes de contraer el matri monio. , 56. Dije indiretementesporque aun que la muger puede directamente irritar todos los votos,que el marido haze conflante matrimonio, quando perjudicana la mutua cohabitacion; y vio del MatriMuonio , peros que haze antes del matrimonio, [010 14 dircóts mente los puede irritar. 57. Y la diferencia, que ay de la irritación dircóta A la indireCta:es que la direóta totalmente quita la ob:igacion del voto, de mañera, que hunca masreviue ; mas Te Tall. lolo lo fulpende durante el matrimo nio 12h en muriendo la muger,re* vive lu obligacion. V eaníe los DD, pocoha citados... 58. P. Padre mi muger dige, que tiene hecho voto de haZer yn veltido ii vna imagen de nueftra Señora, po» dre yo irritar efle voto, CC, Si hijo, elle votoy todos los. demasafíi reales, como perfonales ,: que aya hecho la mugue conftante el matrimonie puede y. M, irritar» los directamente; aunque no le perja quen á y, m, en coflaalguna, Porque ay ella diferencia entre la muger, y el marido ¿que como efte.es luperior "2 la miger no efta fuj ero 3 lu volum tad, y affi lolo los votos , que por lu materia perjudicaná la mutua coha- biracion ,los puedela mugerirritar;z pere como el marido fea luperiorá la muger, tiene dominio lobre fu volun. tad; y por eflo puede irritartodos fus* votos ,armqueno le perjudiquen en cofía alguna, 50. Dixe confante el matrimonios. porque los. votos , que la muget hizo antes del matrimonio, Lo= lo puede iftritarlos indircótsmente el marido yt ono todas, fino folo aquellos, que le perjudican para la mutua cohabitacion , 9 reta admi»= nifira

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