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Cap. 1. de los Juramntcd fegun la regía de drechos Quod ab in;- sio non fubfsjtss , traílw temporis non con» welejcis, Con que por auer faltado en [us juramentos falíos la aduertencia , no fon peccado mortal; y af tam- poco lo (era la coftumbre, que v. me tiene de jurar. Y esla razon: por q; la coftumbre, como ya he dicho, es vn habito, que contrahe la malicia de los adtos, atqui el ¿óto de jurar có mentira, quando falra la aduerten» cia, NO es peccado mortal: Luego tampoco lo ferala coftumbre, que induze a jurar algunas yezescon mé tira, fin reparo, mraduertencia. Es doétrina de Suarez, Reginaldo,Tho mas Sanchez, y otros que cita,y fñ- gue Diana p. 3. trac.5. refol, 62, Lo miímofe ha de decir por la miíma ra zOn de las coftumbres de maldezir, y blasfemar. 7. Y le acordara y. m. con que fre quencia folia jurar con mentira; y uvantas vezes con verdad? P. Padre, eo no tiene numero? 3penaspronunciaba palabra,que no fuefle tras ella el juramento. C. Y no fe podra fiquiera acordar quantas vezes feria ala lemana oal dia, vn dia con otro? P.nofera polible; porque auis, que juraba veinte vezes , otras me» BOS, y 1 VEZES MAS. C.Pues'bafta que v. m; fe acufe de aver tenido «Na coltumbre de ju- rar ya con verdad, y ya con mentira en eftos treinta añoS; pues esprinci- pio general, que quando el peniten» te, €n qualquiera materia quefea; no pueda individuar cl numero de 2 jus culpas, (e aculfíe de la E WA Nauarro. Emiriquez, Toledo, que cita, figueFagundezjobre los prece 105 dela ygtefia. lib.3.c0p.4.0, 11, y OLFOS» $, Y tolia v.m;tambien jurarcon mentira Algunas vezes de manera, q; por ello yiniefie daño al proximo en lu hazienda,o fama? P. Padreno me acuerdo decfío, 9. C. Y vmd. tenia tambien coftum bre de jurar diciendo voto ¿Chrilio. P.SiP. muchifiimas vezes. C. Y efe juran ento fo!ia decirlo amerazando al proximo, v. g. di: ciendo voto 4 Chrifto que lo tengo de matar? + P.SiP. fi mehazian algun agra vjo ,juraba de cffa manera luego, C. el dezir voto á Chrifio hn aña dirmas ; no esjuramento porque el juramento requiere ahimocich0 negacion :ay no fe alla vna , ni otra; Luego no esjuramento. Solo esvna inuocacion del non.bre de Dios fin nece Midad ,y es peccado yenials 10. Mas quando Íe jura amenas zando al proximo, fuele fer peccado mortal; Y (ellama juramento comi natorio: porque ó le jura con animo de cumplir eMaamenaza , ó fin el? fi es fin animo de cumplirla, fe fal ta ala verdad de prelente , y esju ramento fallo ; prawi,cljuramenes to fallo fiempre es peccado mortal Luego el juramento conminaterio; quando falta la intevaion de Cum= pliríe fempre es pecado mortal. Si fe jura con animo de cur p!ir conla amens3za ai dos malicias en e/pe: cie diftintas; la vna contra jufticia por que deflea hazer ma) a) proxi Ea

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