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detente te pr 299 E EEE APREN DICE. ENQUESUMARIAMENTE SE TRATA de los cafos refervados por drecho particular á "AA algunos Señores Obilpos» S. Il. Suponefé algunas advertencias generales. pertenecientes a la refervacion de los cafjos. X. Dwuertencia 1. Relerva- L cion de cafos no es otra cofa , que fubítraher la juriídicion al Confeflor para ab- folberlos.Y eftos calos,wnos fon relervados con cenfura, y tales fón todos los referbados al fumo Pontifice: otros fon relerbados fin cenfura, quales fon los refer- vados por drechio particular alos Señores Obifposs 2._Advertencia 2. Los calos relervados á los Señores Obil- pos, vnos fon relervados por dre cho comun,-otros por drecho parricular. Por drecho comun fon relervados á los Obifpos to dos los cafos refervados al Papa, quando fon ocultos : como dice el Santo Concilio deTrento fef. 2 4.C2p.6 Liccal Epifcopis in qui- bufeunque .ca(bus ocultis y etiamo Sedi Apoflolica referbatis, delim- guentes quofcunque fibi fubaitosab drecefi jua 1n foro confesentia gr - tis abfolbere. Sien virtud de cfta facultad puedan oy los Obifpos ablolvermde los cafos ocultos de Bula de la Cena, y de la heregía, le dijo en el Dialogo fol.15+ Mako Y fi le pueden ablolver enwirtud de la Bula de la Cruzada totief, guoties y le dijo en el mifmo lugar fohii7en 11013 He dijo, ic podian adblolrer per los 3

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