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2 ar A OREA ” e —_ 26% fe condena la opinión , que de- cia ler lícito el muruar con pardo de remutuo de prefente. V. g. prelta Juana Antonio so. eflcu- dos, puede pedirle, que Anto- nio le remutue al preleate 50. robos detrigo. Añ lo liente el P, Torrecilla vbi fupra fol, 285. 2, 8. Y la razones; porque lo. con denado es pedir vicra fortem al- gana cofla precio eftimable;at- qui el muruar de prefente, ño es: precio cltimable : Luego elto: noes lo condenado. Pruesbola menor: porq3 porel mutuo nada fe pisede pedir vlira lortem : lue» go el mutuo no es precio eltima- ble, Pero eldar mutua con paño, de que en el tiempo futuro re- mutue el mutuatacio,fera víura. Pues le impone S ravamé precio eftimable:y.g.que para tal tiem. po teaga difpuelto el emprelt:. to. Veale A Diana Po La tra. S. refol. 59. y 60. Tratado TJ. 4. Propoficion condena2da 4 ? . Pp tobablees, que 10 peca mor2 talmente, quien impone d otro va falfo crimen , para defender fu jufbicia, 0 fu bonorz y li effo no es probable, a penas abra opinion pro babloy. en La Theslogiss 151 Digolo 1. lo que decian los Authores de eltas o riniones ( que de la primeralo tue Bañez y la feguada Hevaroa Juao de la Cruz, Lodeíma , y otros 4pud Dianwm. p.3. tra. 5. refol. 4.) y lo que en ella le condena era, que li de Pedro murmurale Tuin hombre de authoridad , o le di- xelfe alguna contumelía, Podia Pedro levantar vn fallo teftimo- nio 4 Juan, para de ello modo recuperar lu fama, Ó honra; y q: eft> no feria fino lolo pecado venial. La qual doátrina fobre ler poligrofiifima , no tiene fun- damento, y fe convence facil. mente: porque la mentira en co- fa graus es intrinfecamente ma- la, y 00 ningua callo cohonelta- ble : arqui elsimponer al proxi-" mo va crimen falío , conque lu:

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