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C4p. 2, Dela purmuracion, raria no es peccado morta. , y la de- fienden de mas de los alla citados. Lanáan hb, Jajóós 5. iáte . f- 2.(4Po 2, ». 6, y Otrus , que Cita, y ligue. Diana p. 3. 1rac.5. rejol. 31. 1e puede inferir que rápoco el reteris a OLTOS ella loipecha icria peccado ¡mortalo Porque por cflo ¿a ivipecha no £$ peccado mortal , porque determina da ,y allertiuamente 10 juzga al de el proximo humo quelesociina a clio ¿arqué el que reherela loipicha quee hizo ¿no dize determivada , y aflertiuamente mal, del proxime , íino.tan lolo [us palabrasie inclinan aello; Luego fi la lolpecha temera- ria que le haze ¡del proximo,no es ptccado mortal , tampoco lolera el decira otros, ella lojpecha. 15.Mas yo no tengo por probable nipracticable clte drícurío ¿Gino có elta dittincion ¿0 latoípecha le refe rea perlonas entendidas, que faben hazer diftincion entre foípecha , y juicio, ono file diceentre perío- nasyquelabrian entender como tof- pecha ,lo que como tal lelesdize, no lera peccado mortal el decirlo; porque en virmd de efías palabras, folo llegaran «t0fpecha: maldelpro ximo 3 no he: hazer juicio cierto de futalta : arqui el que los "oientes fol pechen mal del proximo ¿no es ma- teria depeccade mortal: Luegortam poco loferá el darles ocafion para lospec har, referiendoles la lospe- cha que yo hize. 16.Pero fi las perfonas [on táles, queno faben diflinguirentre juicio 183 y lu»pecna ,fera peccado mortal el reteriric> lalospecha, que yo tengo, Porque atenta iu puca capacidad, le lesda ocali0n , y lundamento para que crean uciteroninadalo cu ta mal del proximo; el dar ocaliun para q; los quentes hagan juicio maso, ael proximo , €s pecado mortal; LuE= go tambien lo lera el referis la 1os- pecha a perionas que no laben dif» tioguir de la lospecha al Juicio, Y pos enicña la experiencia, Que ay muchas famas perdidas, y no le hals la quien aya (ido el inventor de ellas fino que lu principio fe fundo enyna lospecha que el otro hizo,y despues la referio á otros. Eltoscomo no la. ben diftinguir de fospecha , a Juicio; Jo que oien lolo como dudoflo, le afirman despues COMOCicrLO. 17, Contra efta doétrino le puede objerar, lo que referiarriba ,en que dixe , que el que refiere aotros lo q; Oo a períonas de pocafee, no pecca mortalmente, aunque alias los oien tesporíu libiandad , fe púñuadan , y haganJuicio cierto , de que Lera verdad lo que le les dize; y demas delos D. D, que antgs referi, lo afirman 1ambien otros , quecita, y aprueba Dianap.2.tra40.5. rejol,28, luego tampoco ferapeccado mortal elrcferir la folperha, a perlonas de pocá capacidad, que por falta de ella le perfuaden afer cierto lo quefolo vieron como dudoflo. Prucbo la có fequencia.; ene) primer callo nó ay peccado,aunquearentala libiandad de losoyentes den creditoa lo que feles dize ;porqueel motino ex le de
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