BCCPAM000526-3-05000000000000

Parte 6, De los bursys de los bi jos de familias nenla cafía, quanto! mas peccaran los que abullan de etia. 95 P. Padre A” quemu- chas vezes he jug=do con h:J0S Ue fa Mislas y delpues he entrado en el> crupuló y dente dinero, que cp?” nian al juego €ra fuio , o hurtado á lus padres. C. Ny ay duda, fino que cl jugar con hijos de familias, quando el di nero es delus padres, li lejuega con animo de quedarcon ia ganáncia,es peecado mortal. Porque ai comro el hijo no puede transferir el domi- nio de ellos bienes, tampoco puede nadie acquiririo,y tiene obligacion de refticuir a lus padres, €l que ganó femejantes bienes. Algunos bienes ay, en quetienen dominloió; hijos de familias,y eltos aunque los piero din, no hazen agravio afus padres, y el que losgana los puede retener. En la parte iguiente trataré de los bienes, que los hijos de familias pue den expender yalidamente. parte 6. delos bienes de los hijos de fami lias , y de jus hurtos. 91 Pp Padre aculóme, que quan- do eltava vajo la poteltad de mi padre ,folia-tomarle algunas ve- zes algunos reales. C. Y feria todo coffíx de canti: dad ? P. Padre muchas vezes lehnree, y todo juntó ya móntaria lialtatoo, ducados. C. Y tomava v. m. para recrearíe decentemente ( gumíu eftado ? P, padre muchas vezes, lo que 163 y del- udi en vílos HÍCICOS y y que tomayva cra para ce Áin 5 pueslo expe "profanos; y tambien conozco, que exgedien tomar mas , de lo quela decencia de mi eltado permitig. C. No es huito el que el hijo de familias tome d tu padre, lo gu e para vna honelta recreacion neccllicales gun fu porte, y calidad, y conforme á lo que otros de femejante calidad razonablemente galtan, Porque el hurto ha de fer contra la voluntad razonable del dueño : el padre razo: nablemente no es involuntario, en que el hijo tome lo neceflario para vna decente: recreacion: Luego no es hurto el tomarlo L« ho lib. 3, de imPt. cap.12 dub. 13.19.26. y Otr0s, 95. Nitampoto peccó v. m, con tra jufticia en expender en vílostar. - pes, e iliciros aquella cantidad, que razonablemente le congederia el padre para vílos honefas, Fagundez ! 7y*4P. YM, 4, por q: no expendia v.m, clle dinero contra la voluntad del padre ,quoad [ubfhena yam, (Gino [olo E quantó almodo quin do el srazonablemente yo» luntario en la lubitancia yaunque no. lo lea en quanto al modo, ño es pec cado contra jullitia; luego no pecco v.m, contra julticia en expender.en viTos torpes elle dinero; pero peccó con peccado de prodigalidad, opuef to 4 1a' virud de la mediocridad,o censplanza, la qual virtud inclinz, 1 expender lascolas en vílos ráizona» bles, En tomar v.m, mas de lo que ra- zonablemente le debia conceder el padre, parahhoneftos yfos , pecco ES im 7. decalogi lib. ; du ño: €

RkJQdWJsaXNoZXIy NDA3MTIz