BCCPAM000526-3-05000000000000

y Parte 34 pe las Compras , y Ventas, queel precio:de las cofías vno csin» smieco , y oso excntecos el precio intrinfeco , confilic en la bondad de la cofla miima ci qual precio tiene latiendes de infimo, "medio, y lu- premo ,vg.fi el precio medio cs a10s el lupremo lera 11. ipnfimo puebes E: precio extriníeco ¿no confille en la bondad de la colla, fino loio en la talla , quela ley, oc) Juez icleñasa, como quando le manda por ley , q; elvino trigo dic. le vendaa tanto, y «lie precio no tiene las latitudines - de lupremo,o infimo , fino QUuECOn»= fifte en indivifible;efo es en lo y; !es ñala la.tafía, 72 La deátrina pues, que he refe- tido, de que quando no ay leon en los contratos Japra , vel infra dimis dinm presiz imfts tolo fe entiende cn el precio intiinitco 5 más no ticne lugar enel extrinieco ; Y ¿Men vir- tud de efla deólrina, deue y. m, rel- tituir ¿pero para ver fi pororros prin €ipiosle puede y. m, el cuflar, Zar Digame el vino ,-que v. mM) vendio era mas generolo y Mejor, q;el q;c omunmente vendia al precio tallado forlaley?, P. Si Padre. C. Y era notable elexcefo, que haciaa Jos demas vinos? Pedi Padre craynvino generc fimo Cs Pues fegun effo nc haze y. 1, 3gravio , 1 injuficia en venderlo al Precio mastubido,Pues como enfe. ña Molina to. 2 .de inf dip 304.11, y otros DedGRtores quando vna per- Tona vende a guna mercaCdura que Miu bondac excede mucho ¿las 9; > ordiMariamente le venden al precio e Mi A57 ac da talla; puede yvenderlad mas fu. Íubido precio, legun fea maior la bondad intrinleca, de latal mercaa duria, y esla razon ,porque las cola 18 ,que lon notablemente inferiorés en bondad a las, que ordinariameno televenden, no eslicito venderlas al precio ¿que la tafla leñala: luego al contrario las que ion notablemen te iuperiores en bondad ¿fe podran vender a mas lubido precio. Pero fi el excefío fuera leve; no feria licico exceder la talla, afh como aurque íca algo peor,nopor ello es ilicito el vender al preció tallado, 74 Con elta opinion de Molina; frifia mucho la de Navarro en el Mas rual cp. 23.5. 88. y de otros,que en leñan, q; en los años muy fteriles fe puede vender el trigo mas caro de lo quela tafla comun de otros añosabú dantes feñala, y. g. ay tafía para que el trigo le venda fiempre á cinco rea les viene un año muy efteril, enton zesle puede venderá 6. o mas,Íegun lea mascrecida la cfterilidad. Y esla 1a29h porque para que el precio fea Juflo , ha de ler razonable; y no esta z0nable ,q;el trigo fe venda a) mif. mo precio en el año elteril,queen el abundante: atqui tampoco es razo. nable , que la mercaduria, que es notablemente mejor, que las comu res, levenda almiímo precio, que efias:Iuegofe puede vóder mas cara, 75 Tábien confronta cóJa opinion dtMolira,la del «Mol.2,. dejo cap, 23. dub.11/n.7. de Bonacihiadi jp 3.de (enira.q.2,pun. 6 h. 17. y de Otros; q; enfeñá,qiel astiene q:verdertrigo,o vino,o otra mercad.qiexcede mice

RkJQdWJsaXNoZXIy NDA3MTIz