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44 LA CONFESIÓN duda que la Confesión producirá en el alma los efectos para que fué instituida. II Como es bien sabido, todo cristiano, por pre- cepto eclesiástico, tiene obligación grave de confe- sarse por lo menos una vez al año. Si bien toda persona, medianamente piadosa, lo hace siempre que su alma se halla manchada con el pecado para no exponerse á las terribles consecuencias que se le seguirían si muriese repentinamente sin tiempo para reconciliarse con Dios. Por lo que respecta á los terciarios la Regla les prescribe la confesión mensual. Pero esto debe considerarse como lo mínimo que la misma les exige sobre este particular: porque si se atiende al espíritu de la T. O. y á la práctica constante de los antiguos hermanos se verá que es muy justo que los terciarios que buenamente puedan lo hagan con alguna más frecuencia. En efecto: la vida del terciario debe ser más piadosa y más ordenada que la de los demás cristianos; debe proceder con más escrupulosidad en el cumplimiento de sus de- beres, ha de ejercitarse más señaladamente en las virtudes cristianas, pues á tanto le obliga aunque, sin pecado, la profesión de su Regla. Ahora bien: todo esto con dificultad puede hacerse sin la fre- cuente confesión que es el medio más eficaz de concertar la vida según Dios y purificar el alma de los pecados cotidianos. Por eso vemos que
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