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CONFERENCIA VIGÉSIMA SÉPTIMA 167 de la Regla, procurando que en sus conversacio- nes y en el trato con sus prójimos resplandezca la buena fe, la sinceridad, la sencillez evangélica, diciendo las cosas con ingenuidad, sin recurrir á las inútiles invocaciones de Dios para hacerse creer. Si alguna vez se ven obligados á jurar, háganlo con el debido respeto y poseídos de salu- dable y reverencial temor hacia el Augusto Nom- bre de Dios; reparen cuidadosamente si el asunto que motiva el juramento es honesto, verdadero, justo y de tal importancia que, en realidad, me- rezca la pena de pronunciar el juramento, porque si falta alguna de estas condiciones, el juramento puede ser gravemente ilícito Ó al menos temerario é indiscreto. II Pero, sobre todo, terciarios, debéis guardaros del perjurio, que consiste en pronunciar un jura- mento para confirmación de una mentira. Lo cual es siempre pecado gravísimo y el ultraje más inju- rioso que á Dios puede inferirse, Efectivamente: llamar á Dios por testigo de una cosa evidente- mente falsa, ó de una promesa que no se tiene ánimo de cumplir, es, en verdad, una especie de ateísmo, pues prácticamente se niega la sabiduría, la justicia y la infinita santidad de Dios. Más aún: es pretender que su nombre adorabilísimo sirva como de sello para corroborar una falsedad ó para encubrir perversas intenciones é infidelidades, O tema OS

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