BCCPAM000526-2-19000000000000

CONFERENCIA DÉCIMASÉTIMA 209 pertenecen las diversiones, las cuales jamás la Religión prohibió en absoluto, sino solamente cuando la calidad de las mismas, el modo ó las circunstancias las hacían reprobables. Informada de este mismo espíritu, la V. O. T. tampoco veda á sus individuos toda suerte de entretenimientos ó diversiones, sino sólo aquellos que pueden ser causa de ruína espiritual; los que en sí mismos, ó en sus circunstancias, son real- mente pecaminosos; aquellos, en fin, que en ma- nera alguna pueden avenirse con la moral cristiana y la profesión del terciario. Y así, al modo que el Apóstol San Pablo decía á los romanos (2): <«An- demos con honestidad... y no en comilonas y em- briagueces, no en deshonestidades y disoluciones, etcétera,» así la Regla de la V. O. T. repite la misma exhortación con estas palabras: «No asistan á danzas y espectáculos que sean inmorales, y absténganse de comilonas y banquetes en que se falte á la templanza.> Esta disposición de vuestra santa Regla, carí- simos terciarios, me sugiere un asunto interesan- tísimo para servirme de tema en la presente con- ferencia: las diversiones y la moral cristiana; el terciario y las diversiones mundanas. Tal es la materia de esta conferencia y los dos puntos en que la divido.—Ave María. (2) XI, 13.

RkJQdWJsaXNoZXIy NDA3MTIz