BCCPAM000526-2-19000000000000

CONFERENCIA DUODÉCIMA 193 su oratorio, rezaba el Oficio de Nuestra Señora, fué llamada cuatro veces, y al punto dejaba el oficio comenzado. Sucedió, pues, que al volver, en una de estas ocasiones, encontró que el verso que, por atender á los que la llamaban, había inte- rrumpido, lo halló escrito en letras de oro, pre- miándole Dios su pronta obediencia con este favor tan extraordinario. El previo consentimiento dei marido para que la mujer casada pueda ingresar en la T. O. no es siempre indispensable, y menos hoy que tan miti- gados están los rezos y penitencias de la misma. Puede suceder que la mujer, dado el carácter de su marido, sepa de antemano que éste no se opone á su ingreso en la mencionada institución, en cuyo caso basta el consentimiento tácito. Mas puede también acontecer todo lo contrario: que el carác- ter irreligioso del marido no sólo no consienta, sino antes bien, se oponga resueltamente á que su mujer se haga terciaria, lo cual no es difícil en los tiempos que atravesamos. Semejante oposición, fundada únicamente en la carencia de sentimientos religiosos, es del todo irracional, no tiene fuerza de obligación, puesto que es un abuso de autori- dad, con el que se atropellan la fe y la conciencia de la mujer, que tiene legítimo derecho á ser res- petada. Con todo, como el ingreso en la T. O. no es cosa necesaria á la salvación, y como, por otra parte, pudiera originar trastornos y altercados en el matrimonio, si el marido se opone á ello, aun- que sea por espíritu sectario, convendrá que la

RkJQdWJsaXNoZXIy NDA3MTIz