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CONFERENCIA SÉPTIMA 105 viduo de acuerdo con la santidad de su propio estado, es lo que se llama espíritu de vocación; espíritu que es tan diverso como las formas que adopta la santidad cristiana. Vengamos ahora á nuestro propósito. ¿Cuál es, pues, el espíritu que informa la O. T. y en qué consiste? Desde luego podemos afirmar, sin más preámbulos, que el espíritu de la T. O. es el mismo del Evangelio, son las máximas y conse- jos en él contenidos; pero en forma practicable á los que viven en el estado seglar. Es, digámoslo así, la sustancia del Evangelio, transformada en alimento adaptado á los débiles estómagos de los seglares; la absoluta pobreza propuesta á los del siglo en la forma de desasimiento de las cosas temporales y moderación en el uso de las mismas; la castidad religiosa sustituida por la castidad conyugal Ó la pureza; la obediencia monástica presentada para su práctica á los seglares en la forma de sujeción á la Regla y estatutos de la O. T. y á sus legítimos superiores; y así por este estilo todos los demás consejos del Evangelio ofrecidos á los que viven en el mundo en la forma que ellos pueden practicarlos. Este es el espíritu de la O. T. como lo consignó el inmortal Pontí- fice León XIll en su Encíclica Auspic ato con estas palabras: «San Francisco organizó su T.O.no tanto con reglas particulares, cuanto con disposiciones sacadas de las mismas leyes evangélicas, que nunca parecerán duras á ningún cristiano. Sus reglas son, en efecto: guardar los Mandamientos de Dios y

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