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90 GRACIAS Y PRIVILEGIOS DE LA YV. O. T. cer la condonación completa del reato de las penas temporales; pero esto es cosa rara y ex- traordinaria, pues lo regular es que después que el alma alcanza el perdón de la culpa, le queda por satisfacer el reato de la pena temporal. Las indulgencias tienen este objeto, ayudarnos á ex- tinguir esas penas temporales merecidas por nues- tras culpas, mediante la aplicación que la Iglesia nos hace de los merecimientos de Nuestro Señor y de los santos. Hay dos clases de indulgencias, plenarias y parciales. Las primeras perdonan, á los que las ganan, todo el reato de la pena temporal; las par- ciales sólo una parte. Para lucrar las unas y las otras, se requieren estas tres cosas: estado de gracia, intención de ganarlas y cumplimiento de las obras prescritas. Dadas estas breves nociones pasemos á hablar de las indulgencias con que la Iglesia se ha dig- nado enriquecer á la O. T. Desde luego, para vuestro consuelo, amados terciarios, he de mani- festaros que entre todas las cofradías y congreza- ciones seculares, ninguna ha sido favorecida con tantas gracias ni enriquecida con tantas y tan no- tables indulgencias y perdones como la V. O. T. Si no fuera ajeno de un discurso, yo Os pre- sentaría el catálogo completo, enumeraría cada una de esas indulgencias, indicaría la multitud de absoluciones generales que puede recibir el ter- ciario durante el año y seguramente os llenaríais de asombro al considerar los tesoros de gracias
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