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J -30- guiente se presentó el Intendente de Polida, Gabriel Dávila y notificó.la orden de destierro a los re1igbsos: R. P . Antonio de Galamocha, Ca,yeiano de Arraiza Egidio d e Mallorca, espa– ñoles, Rafael de !barra y EstanisJao de Caranqui, ecuatoria– nos, los cuales emprendieroii. el camino del destierro hacia la frontera colo·mbiana; luego no es cierto lo que dicen algunos que "los Capuchinos abandonaron e!l convento de Tulcán", sin la orden de destierro, como ·puede comprobarse por docu– mentos públicos. Crónief1 del Comisariato-R. P. Buenaven– t ura de Pupiales-Dr. Wi'.frido Loor-Estudio3 histórico polí– ticos (pág. 66). Hecho este · necesario par éntesis trataremos ahora de la erección del -Comisar iato Ecuador-Colombia. Como consecuencia del destierro todos los religiosos re– sident es en el Ecuador pasa1:on a Colombia en 'donde todos los estudiantes tanto ecuatorianos como colombianos terminrunos: los es tudios ,y constituíamos ya un ' personal competente; en-· ton.ces •el Rvdmo. P. Bernardo, de Andermat, Ministro Gene– ral de la Orden, de acuerdo con el Definitorio, juzgó oportu– no formar una entidad de religiosos nacionales y expidió -eI Decreto sigui ente: , · · . . , . "Nos Fraiy Bernardo de Andermat, Ministro General de toda la Orden de los Menores Capuchinos de San Franciscó:– D~eando co9,perar a <la prosperidad, bienestar y progreso de Nuestr as Provincias Capuchinas, en cumplimie nto de uno de los deber es que nuestro núnisterio nos- impone, y atendiendo a la súplica que ell Defini.tOTio Provincial de la Provincia de Cataluña, en document o de 2 de enero de 1907, nos ha diri- ·gido; hemos reunido el Definitorio ,General para tratar de la oporturúdad y conveniencia -de la desmembración de -la Cus– todia Ecuador-Colombia, separándola de la Provincia de Ca– taluña a que p€r tenece. Este Definitorio General, tomando en coonsideración las poderosas -razones que el Definitorio Prosvincial en su instan– cia sup licante ·expone, y atendiendo a ias repetidas peticiones de fos r eligiosos de la Custodia, ha decretado unánimemente, en la Congregadón habida el día 23 de enero de 1907, separar • de · }a jurisdicción de la Provincia de Cataluña la Cüstodia del Ecuador-Colombia, y erigir con esta Custodia un Comisaria– to General. Y al efecto: en viTtud de -las fa ultades de que estamos investidos, ORDENAMOS Y MANDAMOS: I.-La Custodia -del Ecuador- Colombia queda separ a'da y exenta de li:t jurisdicción de la Provincia de Cataluñ a, y er i- /
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