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po de seis meses con el M. General, cuando este por sí ó por otro haya visitado la Provincia. 1098. Porque dejar de castigar al delincuente es abrir la puerta de todo vicio álos atrevidos y dar ocasión para que cometan los mismos Óó mayores yerros y sirvan de tropiezo á los religiosos buenos y mortificados, queremos que los Superiores con santo rigor los castiguen. Y por- que, como dice el gran Padre S, Agustín, el castigar y el perdonar se debe hacer con objeto de que se enmiende la vida del culpable, castiguen de tal suerte, que vaya templado el rigor de la justicia con el bálsamo de la mi- sericordia, (1) para que la disciplina no falte ni haya en el castigar demasiado rigor; sino que sea curado el enfer- mo con castigo y medicina tal, que la misericordia y la verdad se hallen juntas. (2) Y como los Provinciales de- ben despachar pronto las cosas que admiten despacho, si al tiempo del Capítulo se hallare que alguno ha faltado en esto notablemente, queremos que diga la culpa y se le imponga la debida penitencia. Para poner en ejecución el castigo de los delincuentes, obsérvese nuestro Modus pro- cedendi, y procuren los religiosos conservar siempre la fama del pobre hermano caído, de cuyo pecado nadie se debe escandalizar, y mucho menos huir de él ni despre- ciarlo; antes bien, tenerle compasión y amarlo tanto más, cuanto más necesitado está de ello, teniendo en cuenta que, según N.S. P.S. Francisco, cada uno de nosotros puede cometer mayores faltas, si Dios bondadosamente no lo preserva con su gracia. 199. Guárdense también los Superiores de gravar las almas de sus subordinados con precepto de obedien- cia, si no se ven forzados de piedad ó caritativa necesi- dad; por lo cual se elijan en Prelados á los PP. más jui- ciosos y prudentes, que tengan ciencia, conciencia y ex- ¿periencia, los cuales procedan en todas las cosas con el consejo de los dos Discretos, que no deben faltar nunca (1) Luc., X, 34. (2) Psalm. LXX VIV, 1.
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