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En o qu q E a 5 e — ña a PER A CAPIPULO IX 167. Porque el evangelizar la palabra de Dios es de los más dignos, útiles, altos y divinos oficios que hay en la Iglesia militante, del cual depende en gran parte la sal- vación del mundo, por lo cual Jesucristo nuestro Dios lo tuvo tan en su corazón que El mismo en persona lo quiso ejercitar con todo el fervor de su caridad divina; (1) á fin de que no falte en nuestra Orden tan noble, excelente y provechoso ejercicio con grave detrimento de las pobres almas, se ordena que en cada Provincia haya algunos conventos de santos y devotos estudios, donde la caridad y la humildad resplandezcan, y se enseñen tanto las hu- manas como las divinas letras y demás ciencias necesa- rías para adquirir el conocimiento de la teología escolás- tica, de las santas Escrituras y sagrados cánones, el cual es necesario, además de la buena y religiosa vida, á quien dignamente y con el debido orden ha de predicar, pues naturalmente no se puede adquirir, sino mediante un es- tudio sério y continuado. Por esto se determina que, según la mente de la Santa Sede, se coloquen todos los estu- diantes en un convento grande, y si esto no puede hacerse, pónganse los filósofos en un convento y los teólogos en otro; y donde el número de estudiantes fuere tal, que no cupieren en un solo convento, se podrán señalar dos (y no más) para cada facultad, con licencia del Definitorio general. (2) 168. Sean promovidos al estudio por el P. Provin- cial con su Definitorio, Ó por el P. General, aquellos co- ristas que estén dotados de ferviente caridad, de loables costumbres, de santa conversación y de aptitud para aprender, de suerte que con su vida y doctrina puedan ser útiles y provechosos en la casa de Dios. Antes de po- nerlos á estudiar, y cuando hayan de pasar de una facul- (I) Conc. Trid., sess. De Reform., V, cap. Il. (2) Pius X, Normae a Superioribus servandae, 15 Maii 1908.

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