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— 108 — INSTRUCCIÓN SEGUNDA Sobre las caulelas 6 precauciones con que se debe proceder en el manejo y retención del dinero, según las normas conteni- das en las facultades y concesiones apostólicas. ds AE Teniendo presente que la pobreza evangélica esla perla seráfica que constituye el carácter peculiar y el especial distintivo de la Orden Franciscana, se ordena á todos y principalmente á los Superiores que velen de contínuo y con particular esmero por la conservación de este pre- ¡ cioso tesoro, procurando evitar con precaución todo lo ¡ que pudiera oscurecer ó mancillar su brillo y resplan- Ñ dor. Y para que la malicia de los tiempos no cause daño | alguno á nuestra pobreza, ni mucho menos remueva esta piedra angular de toda la regular observancia y de la per- fecta vida común, recordamos á todos los Religiosos que - el precepto de no recibir ni manejar dinero, permanece en todo su vigor, debiéndose tener muy en cuenta, que por razón del voto de pobreza carecemos en absoluto de todo derecho sobre los bienes de este mundo, y que no pode- mos poseer ni retener como propia cosa alguna, ni ejer- cer acto alguno civil de propiedad; y advertimos á todos nuestros Religiosos que solamente por las circunstancias de los tiempos presentes y exclusivamente á los Superio- res, concede la Santa Sede algunas facultades tempora- les, (que periódicamente deben renovarse,) con el fin de Y que puedan atender mejor y sin ansiedad de conciencia á : las necesidades de los Religiosos, y de los conventos, ya en orden á realizar algunos actos civiles, ya en cuanto á recibir, manejar y retener dinero. Mas, revistiendo este punto trascendental importancia, deben tener en cuenta los religiosos, para conservar incólume la santa pobreza y observar con exactitud este voto, las siguientes condi- ciones impuestas por la Santa Sede, para que se guarden al pié de la letra: 1.+ A ningún religioso, sea súbdito ó Superior, es líci- SA FTE E a am

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