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34 Erudicion . fion la corrobora tanto N.R.P.Fr.Martin: de Tor. recilla en (o Ventilabr. q.1.dific.234 m.1 3S.y 505. que no dexará de (entic lo propio quien le yiere. 4. Elta concluñión la. confirmaron ton Bulas exo pseilas Sixto 1V.el qual lo decide aísicon toda exa prelsion,vi efta Bula en Rodrig .tom.1.de fu Bula= rio,Bula 4.de Sixto 1V. fol.mihi y 22. Ventilab.fol, 36.num,43.1tem,lulio 1, y otros Sumos Pontifices, que refiere dicho Torrecilla fobre efta Regla,trat. 2. dific.1. per tot. Luego ya no 1e puede dudar en cíta conclulion, pues eltá tan patrocinada con Bu- las Pontificias, 5 Relpondo lo legundo , que los Guardianes por fuerga dela Regla,ni por algú Privilegio Apoí= tolico(pues no le ay)ni pueden dar Habitos,ni pro- feÍsiones A los Terceros fe lares;y latazon es cla- ta,pues en la Regla nofe Éabla palabra [obre ela matcria,que pueda tocar 4 los Guardianes,y lasBu- las Pontificias todas hablan con el General ¿Proa uinciales,y (us Vicarios,0 Comillários, Veafe N. R.P.Totrecilla, trat. 2, vbi fupt.y en el Ventilabr, 9:3.4 num. 14$.que al que tinpaísion le-leyere,no le quedará la menor duda. 6. Refpondo lo tercero, que los Vilitadores de la Tercera Orden,aísi por. laKegla,como por Des €rctos Pontificios, pueden dar Habitos,y profelsios nes q los Terceros leglares. Piuebale lo primero; porque es ln Prelado inmediato, con jursidiccion Otdinaria(aunág dircótiua no mas)aísi para viltaro : sá los,
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