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de Terceros. $ Xx XII. 173 para el calo cs la dadina nula, y de ningun valor; y or el coniguiente no ganará la tal Indulgencia el difunto que le enterra le con dicho Habito. 2 lrem,es de notar, que los Vilitadores de la Tercera Orden de feglares, por virtud de (u oficio, fin otra comilsion, no pueden bendezir mas que los Habitos,y cuerdas de dicha Orden Tercera,de quien lon Prelados ; y afsi los Habitos que le dan para enterrar difantos,como es precilo,que tengan forma de Habitos de los Religiolos , no los podrY bendecir el Viluado? de la Orden Tercera de (e- glares, fi para cello no tiene comifsion elpecial del Guardian,Y de otro Prelado fuperior; porque a(si ¿como el Guetdian,n quanto Guardian, no puede bendecir, ni dar Hábitos de la Tercera Orden,co- íñio queda probado en cl $.4. n.2. Tampoco el Vi- hitadot por Vilicador meramente,podrá dar,ni bé- decir Habitos de los Religiofos; porque lo vno fe- gua derecho, contrariorum eadem elt ratio, 1.1. de his qui lunt fui, 1. An. ff. de leg. 3 .Pichard.in prin= cip.inítirut.de his gui funt fui,cum alijs.Y lo legú- do, porque eftas facultades fon muy diuerías,y no dependen la vna de la otra en cofa alguna; y aísi concedida la vna,no le entiende concedida la otra, fino le exprella,cap.cum incunétis, $, Cum vero de elet.cap.ad audientiam de decimis, l.Papinianus, ff.de minorib,lare, 8 erudite Sanch.de Matrim.lib, $.dilp. 1.4 n.21.v/que 25. 3. Lotercero, porqueÁ es ciccunltancia preci. 8

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