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de Terceros XXI. 167 de la Ley de Dios,y los confejos de la Regla de los Terceros,en lu entidad fon de muy diuerlas mate - rias, pero de todos juntos hizo N .P,S,Francilco vn agregado,d como concreto, pará que legun <l re- gulailen lu vida los Terceros, y exprellar la forma - la de la profefsion folamente los Mangamientos de la Ley de Dios, uo esdezir, que no vota tambicn (en el lentido explicado en la refpuefta 4 la objec- cion precedente) todos los confejos de la Regla, perque sunqhelas palabras no lo digan,lo pide el cltido que abracan,y la practica, el vío,y el eltilo ¿(si loha recibido, Al modo que enla Religion de Sauto Domingo, quando profellan, folamentg di- zen con palabras expreflas,que hazen voto de obe- dicocia;y no por ello dexan de quedaf' obligados don el milimo voto A la pobreza,y caftidad, que Hi bien la formula de fu profefsion no lo declara, pero el citado que toman, a fi lo pide,y lo eflila,y el vío, y practica'afsi lo ha recivido. Sic Pellizar.Manvál. Regul.tom,1,426.3.cap.r.n.8.S ibi" Azor, de la fhiérte :ambien , que entid algunos Indios , [egun Sinch.ex alijs de Macri. lib.1.difp.r8. n.3. £on- traen verdaderos ciponíales, con eftas palabras, Jo te enterraré quando murieres,¡no porque las dichas. pa- Lobras lo fignifiquen de fuyo, fino porque alsi eta entre ellos recibido,y la praítica lo ha declarado; porque | as palabras en lasleyes,y contratos le han de explicar, fegun las entiende el vío coman, prat- ua) cítilo, no fegun la propicdad,y rigor de los L4 Gra-
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