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164 Erudicion en lu profefsion,como le haze cada Viernes en los Capuchinos,y dos vezes al año en la Compañia de Jesos, legun Pellizar. Manual.Regal. tom.1.traót, 3.Cap. 149.47,y lo propio en otras Religiones,y no porque no fe obliguen con obligacion diftinta en elpecie de la que antes tenia, le podtá derir.qué | aquella renovacion esociola,y due no tiene efecto | alguno,antes (1 es accion moy edificativa,y de mus | cho merito y pues aunque no refulta nucua cbliga» | cion efpecifica,intenía la antigua,y la da mas gra» dos de perfeccion dentro de la miíma elpecio, 11 . Objeccion 4.Quando las palabras de la ley lo. claras,no fe permiten interpretaciones que las obícurezcan, l.Imperator, E.deleg:1:Quintanad.in Append.ad 7.Sacram. tract.8.dub.x2:n.1.con Ses rafino,y Tuíco.No ay palabras mas claras para (a+ bez li yno ha hecho voto,que dezir,b4g0 voto, y pra» meto a Dios.. Lnego, el que feriamente,y en ccalion graue pronuncia ellas palabras , licndo la materia graue quedara obligado con verdadero voto, Con. firmale elta verdad. Porque como dize la ley La. * beo, verf.idem Tubero, fde lupeteér.leg. ninguno le prelume,que pronuncia con p2labras,lo que no tiene ensel coragón : Non. arbitror quempnam dicorey quod mon; fentit ; porque a la verdad, legun el cap, pertnas de probar.es cola indigna de vn acto Íerioy, conio es la profelsion del Tercero, aficmar vno,y lentiz lo contrario, afirmar que haze voto, y tener intencion de no hazerle: Cure mimis indienum ft,ve quod

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