BCCPAM000520-3-02000000000000
de Terceros.$. XUL. 1I1 tad. 3 favor de otra perfona;y fi elta acepta elcon- trato, cl otro queda por efélauo perpetuo, fin poder- fe falir de aquella fujecion,y el foñior no tiens 9bl1a, acion 3tenerle cohigo, (ino que le puede delpe- dir quando le pareciere,y gultate.Y loque mas es enla iluftte Compañia de Jesvs Los queprofcllan 2 los dos años con votos fimples, le entregan por lu parte perpetuamente 3 la Religion,y no lá pue= den dexar;y la Compañia 195 puede deipedir,hi dig. ten cauía páta Ello, legun ordenan Íus Eltaturos, Ja qual caúta ha de fer muy graue , y calificada con incotrigibilidad , fegún Pellizar. tom: ¡. Manual. Regul.trad.3.Cap.5.4-1.n.3.y tom.2.tract.y.cap. 4:1:93:Y 94: Luego no escoptearoinjullo el que haze el Doñado eon la Religior , quando por los votos dé obediencia,y calidad quedaligado 3 per, feuerar en la Religion ¿no quedando lá Religion preciladá A renerle cñ porque el Donado volun- tariamente hizo donacion de (1 4 la Religion, y por ello fe llama Doñado ¿quaúi dono datus. Demás, que fíbica la Religion puede delpedir al Donado, noes ella polsibilidad toralmente voluntaria, lino qué ha de fer concurriendo caulasjultas, las qua les ( ¿omo exprefla la quinta condicion ) han de aprobar lamayor parte de. la Comunidad ; y con todo cito ño le puede delpedir el Prelado Local,íin cobíulta,y aprobacion del Prouincial; conque (e joftifica qualquiér expulon de Donados , pues no. es dable, que lamajor parte de vna Comunidad Re-
Made with FlippingBook
RkJQdWJsaXNoZXIy NDA3MTIz