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104 Brudicion 1 Prucbafe, porque quando la ley prohibe vna coía,y echa ya,no la anula,ni habla fobre fu vali- dacion palabra,aunque pecaran los que hizieren la tal cola,fegunla grauedad de la maceria(que aqui nola juzgo grauc)pero el tal acto [éra valido. Vea- ler N.Murcia,cap.11,.4.fobre el 2.de la Regla, con los textos,y Doétores que cita , patrocinando elta lentencia, Aqui aunque (e prohibe 3 los Prela- dos Locales la recepcion de Donados; nofe anula la tal recepcion,pudiendo facilmente hazerlo,y de- terminarlo aísi, Luegoes yalida ¿porque fi la ley la huuiera querido anular, lo huuiera exprellado, no lo hizo, luego es valida,l.ynica,$.Sin autem,C. de cad.tollen.!.fi lervus,$.Preter, ver.onon dixit, A. de adquir.hered. cap.ad audientiam de decimis, «um alíjs apud Barbo(.de princip.lit.L.n.32.Veale 3 Sanch. de Marr. lib.3. difp.32.n.2+que larga,y eruditamente aprueba , y confirma elta doétrina;y le confirma, porque como dize el cap.ad Apoltoli- cam de ¡egular. Multa probibentar Fei , que tamen falta tenent. — * : 38 : 2 'Áterca de los excrcicios,y mortificaciones (que fe manda enla fegunda ordenacion) con que han de fer probados, y exercirados los Donados los ocho dias ántes de fer veltidos; digo, que eftos fe fian A lá prudencia vellida dé caridad, la qual,co- mo dixo SanPabló ,todo lo obra con dilcrecion,y acertada ménte;porque fi el caltigo,y mortificacion' y1o0rdenado por” la caridad , como elta no admite, im.
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