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de Terceros: $. XI]. 93 Revul:cap.6. dilp.142: alsi lo refiere el Badre De- Ilizar, tom.2 -Manual.Reg. tom.1. tr.6. Cap.2. M. 59.werl.Putat támen. Mas por lino reínelve cola, yo((í vale algo mi parecer) digo, que tiene mucho fundamento cfta lentencia, y la tengo por proba- ble,fino es que enla licencia,d aprobacion,que le di al Religiofo,le le coarte la aprobacion en quan - to A los calos relervados en las Synodales, indiaix, duandolos en PA poro efta ya parece re» fervacion elpecial , que fc llama ab homine , mas elta por fer ab homince,cellará muerto el Obi(po, dexando el Obiípado¿Lo propio digo de las ceníu- ras, latisfecha la parte,y no eltando (atisfecha,ferá valida la ablolacion,pero ilicita. Irem,pueden ab- folver dé los calos relervados al Tribunal de la In- quificion. Ita Raymundo tom.1. refol.Moral.tr. 2. refol. 16.con Portel,Freitas,Acuña,y Diana,part. 1. tras.re( ol.Sno lo reprueba Quintan.ad 5.Ecclel: preceptatr.s.Ging.10. $.4.y al Sumo Pontifice, ex- cepta la heregia formal,y externa, aunque fea muy oculta,y exceptos los calos de la Bula in Cana Do - mini: mas los calos dela Bula de la Cena, que fue- ren ocultos ,los podrán abíolver los Confellores Terceros; porque pueden los feñores Obiípos por di(poficion del Concilio de Trento, Sell.z4. de re- format. cap:6. Y li al Herege externo por algunz circunillancia de ignorancia imuencible , Y inad-= verrencia,no incurriclle la delcoraunion de la Bula in Coma Domini,podrá fer abíuelto por qualquier Con-

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