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a » 5 te No k po 5 Ey se. hs de pe PS 5 , tumbre razonabie , y legiti- mamentepreícripta , tele da poreítad legál (in que aili £c ha galimiracion alguna , y afsi- miimofe deduce del C. que fis longa confuetudo , per to- tuwn;¡ de todo cl títul., de co- luetudine, in decreto, H-10 6. y la razonlo dicta, pue en la coltumbre legitima pueden. concurrir todaslas colas ne- ce Tarias para la ley ;V.gt . ma- teria proporcionada , potcÍ- tad, y voluntad fuficiente , en lo qual no fe defcubre pueda. hallaríe implicacion; y menos. la ay en que concurran en. nueltro calo, fed. ficeft y que (1. huvielTe ley que concedicile a los Capuchinos el dar dichos Habitos,o los SumosPontifi- ces les huyieflen concedido lo dicho ('abltraygo para el in- tento de lasconcetsiones Pon Pi mc eta fatto)no fe podria dudar en tal cafo ferles licito el dichovío :lue= no | | | . Sed fic ef, que la elpecialla= biduria de el Pontifice-, es go tampoco puede dudarfe de. facto, eftíte dicha coftumbres: “pues efta ha hecholo á hizie= ra el dicho privilegio, O ladi- cha ley (1 (e diera:ergo,8lc.. OBjECION. DISVELTA.. 141 - Ni baftadezir : que para que efta coftumbre tu- vicíle ficrgadeley , y pudiel- fe derozar la preexiftentePó-- tificia de Clemente Septimo- 394 — Quel Satisfat.I nfranc.r sw a k (admitido que efta no eftu. vicíle derogada por la de Pio V.y q diefle derecko privati vo,Sc.)eraneceílario,q el Pa tifice coníintiefle enclio, á tuviclle efpecial noticia delia, 142 Porque acílo (e reí= ponde: que baíta el coníenti. miento que fe incluye en el cap. fia. de confuetud. como lo tiene condanchez, Suarez, Sa- las,Roque de Curte, Panormi . tano, Bogacina, ÁAZOr, yotros, Caltro Palao,tom.1 +trad.3.de — confuetudadi/p.3 punch .2. $. 40 num. 3. y tc prueba ; porque en dicho esp. ultimo de con- Juetudine, para que la coftum. bre derogue cl derecho Pufi. tivo , folo fe requieren dos. condiciones , mempéy que la coltumbre [ea razonable , y preferipta: Luego lin funda-= mento de derecho : mo, contra dicho derecho , ferá- pedir nueva condicion, que no fe contenga enlas dichas; nueva condicion, que no fe incluye cnellas: luego noes neceflaria, y por configuien» te,niel confentimiéto perfo= nal, que no puede darle lin dicha. ciencia. PS 143 Declaraíe efto: el Principe pudo eftablecer vna ley general en que apro» baíle la coftumbre que tu- viedle las condiciones , que.

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