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pu, Za n.. > Al Nerablesel 2. Tri ai 124. Ecípor Jn- do: quedifho decreto de (gifcientos y cinquéta y Ícis,y todos los demás decretosi:yY. relcriptos que obtuvicronlos: PP. Penitentes,cltan revoca- dos por la Bula de Clemente Nono, Epi wobis fecit y y por la de Ciemente Dezimo, jalicitudo expedidas , aquella claño demilfeifcientos y (esé ty y nueve;y efla cl de mil (cif- Cientos y Íctenta y cinco, vi- de lupr. quel. 2.dif.6,1m.157. 169. y la conclufion feptima fobre la clucidacion de efta, por. toda ella. ¿de/4,dit.7.delde el num.275+l1alia el 284.7 Los er Pallaaón 492: dibs ul> sde o a e AAAT¿S» PEA DAS 2 dias de guales ni prusoa dicho, Tru» xillo,nipodra hazer en.mane- ra. alguna sy; ¿no pruebe la mano., y apristo las. clavijas, que cn lo que fe da vifto: hafta 2qui, cl 2 fosinílancias muy loja y atodas £c 1: faristecho quis Ey CES CONOCCIAS *3 INSTANCIA, rr dos. nero Dizclo desimequi to ense. 91 pag: 38. v./1ehfádre Torrecilla me xelpo te lo que. 2) coxillo, fon a | fonados, y aísi-Je niegan ; los - A. En Acro /queno pueden ESRCE ÉUsrga y A lugar Sepyra AS a e infón el acerca delte de lso. el, abito 0d ulares reíen tO Contra fu: e yn Padre, Obíervanse NamadoFr.Esan- cifco Cabango)joirá loque. a cílafu celouciiale di oy aba A d cida. 127 Esel caño. qpra dicho Padre Trueilles,bs dicho Labango en el informe referido( queelP. Torrecilla proponeal fin de (wlibro)pre- tende dar a entender, que los PP.Capuchinos y nO folo no tiené. derecho por privilégio alguno para dar_ el ¡Habisos los pecpiases, a! que :ocabion, yá. peución: de quientoddiQ, m3 ¡91281 Perga tado edo(pro- Águt el Padre Truxillo ) rel- -ponde,el Padre Torrecilla en -el numi7 del dicho sraradoyÓ ¡informe,que: oflosdecreto y ella Bula de Clemente X.. P blan.con la Proyj'Incia dnyade Normandia y que, por; ge- «feGo de pode ien:dize sÍa - ¿MCEOD 3, y Le prom SONErA. (us, : - «Y

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